A principios del siglo XIX, 1/3 de la superficie agraria de la provincia de León era propiedad de grandes monasterios y otras instituciones eclesiásticas (cofradías, hospitales, hospicios, casa de misericordia, etc).
Este inmenso patrimonio rústico, fruto de donaciones reales, herencias o legados de particulares, era la llamada propiedad en «manos muertas» que no se podía vender ni ceder ni transferir al quedar así establecido por voluntad expresa de quien las había donado.
La mayor parte de estas propiedades eran arrendadas a particulares y también a concejos; es decir, había montes, cotos redondos o quiñones que eran arrendados al concejo de vecinos que los explotaba como si fuesen comunales (es decir, eran gestionados de acuerdo a normas consuetudinarias siendo la vecindad el criterio que daba derecho a estos aprovechamientos). Además, otro aspecto muy importante es que, al contrario de lo que pudiera pensarse, los concejos habían conseguido un acceso seguro a utilizar estas propiedades pagando un precio más que razonable.
Como dijimos, a principios del siglo XIX un alto porcentaje de la superficie agraria en España era de la Iglesia. Era un patrimonio apetecible, especialmente para un Estado altamente endeudado y en guerra con los carlistas. Por esta razón, no es extraño que en 1836, el primer ministro Juan Álvarez Mendizábal suprimiese las órdenes religiosas e incautara sus bienes.
La idea era poner estas propiedades en el mercado y de esta manera matar varios pájaros de un tiro: obtener fondos para el Estado y atraer a la causa liberal a los compradores de estas tierras (como veremos en otra entrada del blog, en León unos pocos compradores se quedaron a precio de saldo con las mejores tierras, utilizando además todo tipo de chanchullos).
Bien. Como es lógico, también fueron vendidas las tierras que eran arrendadas a los concejos y que eran aprovechadas colectivamente, por lo que los pueblos se habrían visto privados de espacios comunales que venían explotando.
Por lo general, estas grandes propiedades de la Iglesia arrendadas a los concejos fueron compradas por particulares, ya que no fueron subdivididas en lotes y su compra exigía un fuerte desembolso económico.
Como es lógico, este cambio de propietario tuvo importantes consecuencias. Aunque, hubo quien siguió arrendando estas heredades a los concejos, en otros casos no ocurrió así. Por un lado, hubo compradores que pasaron a cultivar la tierra directamente «expulsando» a los concejos arrendatarios y a las comunidades vecinales que habían venido trabajando estas tierras; así ocurrió por ejemplo con el Coto de Trianos (aprox. 360 hectáreas) que pasó a ser explotado directamente por los nuevos dueños.
Por otro lado, hubo quienes optaron por arrendar estas tierras a particulares, no al concejo. La novedad es que, al tratarse de un contrato de particular a particular, el dueño de la finca decidía a quién arrendaba su propiedad y a quién no. Vaya, que el cacique de turno tenía un instrumento más para comprar votos y voluntades.
El hecho cierto es que a partir de la desamortización eclesiástica, bienes que se podían considerar como “comunales” perdieron tal carácter. A partir de ese momento, el hecho de ser vecino –esto es, portador de unos derechos y obligaciones con respecto a la comunidad, así como el criterio básico que daba el derecho a su explotación– ya no contaba, y el nuevo propietario de las fincas podía hacer con ellas lo que le viniese en gana.
No obstante, no siempre fue así. En ocasiones, los concejos de vecinos adquirieron estas tierras directamente al Estado a través de intermediarios o a los propios compradores, pagando los vecinos el importe a escote. ¡Ojo al dato! porque algunos de los comunales y montes incluidos en los Catálogos de montes públicos fueron comprados por los vecinos de los pueblos (ya habrá ocasión de volver sobre este tema). Este fue el caso, por ejemplo, de Villaviciosa de la Ribera que cuando salió a subasta el Coto de Palazuelo, perteneciente a las monjas de Carrizo, se movilizaron para comprarlo.
En fin. Continuará…
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[1] El Estado, a través de las Juntas provinciales, arrendaba mediante subasta estos bienes hasta que eran vendidos; la alta cuantía de los arrendamientos hacía que la burguesía los rematase y los arrendase a los pueblos, como ocurría con los algunos bienes del Monasterio de Sandoval arrendado por Gabriel Balbuena que los subarrendaba a los vecinos de Villaverde (y que más tarde terminaría inscribiendo en el Registro de la Propiedad como bienes propios, dando lugar a un largo litigio, que veremos en detalle…)
3 opiniones en “La desamortización eclesiástica en León (i): una privatización encubierta de comunales.”