Los comunales y el sostenimiento de los más pobres


Hace unas semanas tratábamos sobre las solidaridades vecinales. La entrada de hoy muestra la importancia de las tierras comunales para los más pobres, ya que quienes no disponían de propiedades podían cultivar en los quiñones comunales o mantener un poco ganado en el couto o el monte comunal.

El texto que aquí se reproduce ha sido traducido de Serrano Álvarez, José A.: “Commons and rural poor in preindustrial societies: a case study in Northwest Spain. León, 1850–1950”. Rural History Yearbook / Jahrbuch für Geschichte des ländlichen Raumes 2015, pp. 103-115. Haciendo click en este enlace podéis encontrar el articulo original (en inglés).

i. Los aprovechamientos directos del comunal

El aprovechamiento más importante eran las tierras comunales (quiñones, coutos, debesas y montes), de las que los vecinos de la aldea obtenían directamente productos e ingresos. Al no disponer de datos catastrales, es prácticamente imposible calcular las producciones obtenidas ya que en cada localidad leonesa variaba la superficie de comunales y los rendimientos. Así por ejemplo, en 1850 en una de estas aldeas Ferreras de Cepeda (incluyendo el barrio de Morriondo, hoy pedanía), los vecinos disfrutaban de unas 2.400 hectáreas de tierras comunales[6]; es decir, en torno al 85% del espacio productivo era de propiedad comunal. Mientras que en algunas comarcas había tierras comunales de regadío de buena calidad, lo habitual es que fuesen tierras de monte de aprovechamiento extensivo de bajos rendimientos por hectárea. Hacia 1950, en Ferreras de Cepeda eran cultivadas unas 450 hectáreas[7]; el resto, unas 2.000 hectáreas –a excepción de un couto de unas 30-40 hectáreas reservado para vacas y bueyes y de unas reducidas zonas boscosas acotadas donde los vecinos obtenían maderas y leñas–, era aprovechado de forma extensiva por el ganado ovino. Cada vecino tenía derecho a un lote de tierra comunal de cultivo (quiñones) en el que se solía cultivar centeno en rotaciones bienales (un año se cultivaba y otro se dejaba en barbecho). Cada uno de estos lotes (quiñones), redistribuidos por sorteo cada varios años entre todos los vecinos (familias) de la aldea, tenía un extensión de 4-5 hectáreas obteniéndose en ellos unos 7-8 Qm. de centeno y entre 14-17 Qm. de paja por hectárea[8].

En comarcas del sur de la provincia únicamente los vecinos más antiguos tenían derecho al disfrute de los quiñones de tierra cultivable siendo habitual que no se pudiesen arrendar. No obstante en algunos lugares el vecino adjudicatario podía arrendarlos y obtener así un ingreso. Documentado para otros lugares del NW peninsular[9], era un rudimentario sistema de previsión social orientado a proporcionar un ingreso a los más ancianos de la comunidad, colectivo especialmente vulnerable en el medio rural; como reconocía el párroco de Benavides de Órbigo en una carta al Instituto de Reforma Agraria protestando contra la enajenación de los «quiñones del conde» aforados por el concejo, se trataba de “una especie de pensión de vejez” disfrutada por los ancianos cuando faltaban fuerzas para trabajar[10].

Otro importante aprovechamiento directo del comunal eran los pastos. En 1865 León era una de las provincias española con una mayor cabaña ganadera, si bien se trataba por lo general de pequeñas explotaciones, con una media de 3 cabezas de ganado vacuno y 27 de lanar por propietario[11]. En cada comarca variaba el tipo y número de ganado y el grado de dependencia del comunal, razón por la que de nuevo es imposible cuantificar el ingreso obtenido en las tierras comunales. Las utilidades (trabajo, carne, leche y estiércol) proporcionadas por el ganado eran fundamentales para las economías campesinas; así en el período estudiado una pareja de vacas, alimentadas de mayo a octubre en los prados comunales, ofrecían 180-200 días de trabajo al año, criaban 1 ó 2 terneros, un poco de leche que podía ser transformada en queso o manteca, y estiércol. Una veintena de ovejas, sostenidas todo el año en el monte, proporcionaban unos 10-15 corderos, unos 20 kilogramos de lana, así como abono y pieles. Es decir, por un lado los ganados proporcionaban subproductos que hacían a las economías familiares más autosuficientes; y por otro, la reproducción del entero sistema agrario dependía de los comunales, ya que hasta las primeras décadas del siglo XX el estiércol era el único fertilizante utilizado[12]. A ello se añade que el uso de los pastos comunales era gratuito, y con las «veceras» o sistemas de pastoreo colectivo por turnos se producía un importante ahorro en trabajo; de esta manera, una unidad familiar propietaria de una veintena de ovejas únicamente debía ocuparse del pastoreo unos pocos días al mes, pudiendo participar en estas tareas, muchachos y mujeres.

Otros aprovechamientos directos del comunal incluyen maderas y leñas, cal, cortezas para curtido, resina, frutos secos, yerbas medicinales, bellotas, miel, cera, caza, o pesca. El ingreso obtenido de estos esquilmos era variable; mientras que la apicultura o la venta de leñas y maderas proporcionaban un ingreso adicional a amplios sectores del vecindario de la aldea otras, como por ejemplo la recolección de gamones para cebar los cerdos, eran prácticas de subsistencia para los vecinos sin recursos. Las maderas eran especialmente importantes en las comarcas de montaña; allí, durante el invierno los campesinos elaboraban aperos de labranza que llevaban a vender en otras zonas de la provincia. A pesar que en 1878 con la Ley de Repoblación forestal se prohibieron estos aprovechamientos, los campesinos más necesitados siguieron comerciando con las maderas de los bosques, apreciándose en las primeras décadas del siglo XX un importante tráfico ‘fraudulento’ de maderas con destino a las minas de carbón[13]. De igual modo, en pueblos próximos a centros urbanos la venta de carbón vegetal o leñas era una fuente de ingreso para los más pobres, especialmente en tiempos de crisis; por ejemplo, en Ferreras de Cepeda en la postguerra, durante la noche los campesinos cortaban urces en el monte que eran vendidas en pueblos vecinos: el magro ingreso obtenido por un carro de urces permitía, por ejemplo, comprar un saco de harina para amasar pan.

Cuantificar el ingreso obtenido por la venta de unas fanegas de centeno, unos corderos o unos carros de leña no tiene demasiado sentido. La importancia del ingreso obtenido por la explotación directa del comunal debe ser evaluada más en su contexto temporal y situacional que en términos de su magnitud solo[14]. Es decir, la significación del ingreso no era igual para todas las familias, sino que estaba directamente relacionada con las cargas que ésta soportaba (número de miembros, deudas, etc). Por otra parte, el ingreso obtenido del comunal no es comparable con el salario de un obrero, ni de un peón agrícola, ya que en la segunda mitad del siglo XIX no funcionaba un verdadero mercado de trabajo; a ello se añade que en el NW de España los campesinos combinaban el trabajo asalariado con las actividades agrarias y ganaderas. No obstante, como señala una amplia literatura, la explotación directa del comunal tuvo una serie de impactos positivos para las familias más pobres protegiéndolas contra el riesgo de caer en la pobreza crónica[15] especialmente en tiempos de crisis y de fluctuación de los precios, o frenando la proletarización[16] al atenuar la dependencia de los salarios y del mercado de trabajo.

En cuanto a la protección contra la pobreza crónica, vimos que el comunal permitía a los campesinos con pocos medios disponer de un capital mínimo. Por este motivo, en una coyuntura con precios altos de las subsistencias, o en épocas de escasez los comunales habrían sido una especie de seguro frente a la miseria. El comunal no sólo habría protegido a los campesinos contra las fluctuaciones de los precios (en España, el coste de la vida subió un 65% entre 1909 y 1933[17]) sino que un lote de tierras comunal, dos vacas y una veintena de ovejas proporcionaban independencia del trabajo asalariado. En segundo lugar, la presencia de tierras comunales está relacionada con unas mejores condiciones de vida[18], indicio de que el comunal habría atenuado la proletarización del campesinado. Otra prueba de ello es que, de acuerdo al Censo de campesinos elaborado por el gobierno republicano para preparar la reforma agraria, en 1931 el NW de España era la región con un menor número de jornaleros[19]; en ese mismo Censo se comprueba que en León, el mayor porcentaje de jornaleros estaban en los distritos con una menor superficie de comunales. Incluso, en León aumentó el número de propietarios en periodo estudiado y, como veremos más adelante, este aumento ocurrió a costa de la propiedad comunal.

Dos últimos aspectos a reseñar son el ingreso obtenido por las haciendas locales del arriendo de los bienes comunales y los inmuebles comunales. Así por ejemplo en Lario, al igual que en otras aldeas montañesas, con el ingreso obtenido del alquiler de los puertos pirenaicos, contrataban maestro, médico o guardas de campo[20]; de esta manera, gracias a los comunales, los vecinos podían disfrutar de servicios sin ver aumentada su carga impositiva. También en algunas localidades el concejo poseía propiedades como casas de concejo, molinos, hornos, o fraguas utilizadas gratuitamente por los vecinos, o cantinas o carnicerías donde el rematante del servicio ofrecía provisiones al precio marcado por el concejo.

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[6] Clasificación de los Montes Públicos hecha por el cuerpo de Ingenieros del ramo en cumplimiento de lo prescrito por el Real Decreto de 16 de Febrero de 1859 y Real Orden del mismo mes, y aprobada por Real Orden de 30 de Septiembre siguiente. Madrid 1859.
[7] Distrito Forestal de León, Catálogo de los montes de utilidad pública y relación de los de libre disposición de la provincia de León, León 1964.
[8] Rendimientos consignados en la Cartilla evaluatoria de Quintana del Castillo – Archivo Diputación de León. Archivo Diputación Provincial de León (ADPL) – Legajo 5.809/4. 1943–1946, ‘Amillaramientos del Partido Judicial de Astorga’.
[9] Joaquín Costa, Colectivismo agrario en España, vol. 1: Doctrinas (1898), Madrid 1983.
[10] AIRYDA, Colonias. Carracedo. Legajo 25/3 (2). “Expediente sobre irregularidades en la fundación social del Conde de Luna. Benavides de Órbigo”.
[11] Junta General de Estadística, Censo de la ganadería de España según el recuento efectuado el 24 de septiembre de 1865, Madrid 1868.
[12] Junta Consultiva Agronómica, Materias fertilizantes empleadas en la agricultura. Resumen hecho por la Junta Consultiva Agronómica de las Memorias de 1919, remitidas por los Ingenieros del Servicio Agronómico provincial, Madrid 1921, 179.
[13] José A. Serrano, Campesinos, Estado y mercado. La conflictividad forestal en el Noroeste de España, León (1870–1936), DT-SEHA 14–02, http://ideas.repec.org/p/seh/wpaper/1402.html (15. 6. 2014).
[14] N. S. Jodha, Common property resources and rural poor in dry regions of India, in: Economic and Political Weekly 21 (1986), 1169–1181.
[15] Ibid.; Jane Humphries, Enclosures, common rights, and women. The proletarianisation of families in the late eighteenth and early nineteenth centuries, in: The Journal of Economic History 50 (1990), 17–42; Van Zanden, Paradox, véase nota 3; Jean Philippe Platteau, Traditional systems of social security and hunger insurance. Past achievements and modern changes, en: Ehtisham Ahmad et al. (eds.), Social security in developing countries, Oxford 1991, 112–170.
[16] Jeanette M. Neeson, Commoners. Common right, enclosure and social change in England, 1700–1820, Cam- bridge 1993; Edward P. Thompson, Customs in common. Studies in traditional popular culture, London 1991; Behar, Santa María, véase nota 3; Van Zanden, Paradox, véase nota 3.
[17] Albert Carreras/Xavier Tafunell (eds.), Estadísticas históricas de España. Siglos XIX–XX, Madrid 2005, 1.289.
[18] Francisco J. Beltrán Tapia, Commons and the standard of living debate in Spain, 1860–1930, in: Cliometrica (2014), http://link.springer.com/article/10.1007/s11698–014–0107–9 (30. 7. 2014).
[19] Luis E. Espinoza et al., Estructura social del campo español: el censo de campesinos (1932–1936). Primeros resultados, in: Ricardo Robledo/Santiago López (eds.), ¿Interés privado, bienestar público? Grandes patrimonios y reformas agrarias, Zaragoza 2007, 309–342, aquí 326.
[20] Archivo de la Junta Vecinal de Lario (Burón). Legajo 3. Sign. 11. Actas de concejo (1805-1929)

 

El rescate de comunales en León durante la II República


 

Este mes de abril se cumplen 83 años de la proclamación de la Segunda República Española. Como ya comentamos en anteriores entradas, una de las medidas del primer gobierno republicano fue plantear una reforma agraria integral con tres objetivos: evitar el paro obrero, distribuir la tierra y racionalizar la economía agraria.

Comentábamos también que una de las medidas propuestas, y que afectó a la provincia de León, fue el rescate de los bienes comunales que habían sido usurpados o despojados a los pueblos durante el siglo XIX. Precisamente en el último número de abril de la revista científica Historia Agraria sale publicado el artículo ««Reviviendo el sueño de varias generaciones»: comunales y reforma agraria en la provincia de León durante la II República (1931-1936)».

Si estás interesado en consultar esta publicación, envíanos un correo o pídelo en los comentarios y te la enviamos sin problemas puedes descargarla en este enlace.

Resumen: Con la llegada de la II Republica el nuevo gobierno provisional impulsó un verdadera reforma agraria centrada en mejorar las condiciones del campesinado, con un programa que iba más allá de la expropiación y reparto de los grandes latifundios, al proponer la reforma de los contratos agrarios, del mercado de trabajo, la abolición de las prestaciones señoriales o el rescate de comunales. En la provincia de León el marco de la reforma agraria se autorizaron roturaciones en comunales y montes públicos sin socavar los derechos posesorios colectivos y se restituyeron a los pueblos derechos sobre los comunales de los cuales habían sido desposeídos en el siglo XIX. En este artículo se argumenta que el reformismo republicano colocó como protagonista al campesinado al plantear una revisión de la reforma agraria liberal, al tiempo que apostaba por la consolidación de la pequeña explotación campesina sin dejar de lado los reclamos populares sobre el reparto y acceso a la tierra. También se defiende que detrás de las reclamaciones de los pueblos para recuperar espacios que habían sido comunales hay una explicación de orden moral, relacionada con la defensa de un modo de vida y una cultura campesina.

Si te interesa el tema, son especialmente interesantes las publicaciones del historiador Ricardo Robledo, a las que puedes acceder haciendo click aquí.

Cuando el Estado es el enemigo…


000 Incendio Leon Allá por 1900, Elías López Morán afirmaba que nunca habían estado los montes más expuestos al descuaje y al arrasamiento, que cuando el poder central se encargó de su custodia

Precisamente en un artículo que acaba de ser publicado en The International Journal of the Commons se defiende una argumentación muy similar, y es que la intervención del Estado puede ser perjudicial para la conservación del monte… y de la gente.

El artículo se titula algo así como «Cuando el enemigo es el Estado: la gestión de los comunales en el Noroeste de España en el siglo XIX» (When the Enemy is the State: Common Lands Management in 19th-Century Northwest Spain) y puedes acceder a él haciendo click en este enlace.

El texto de Elías López Morán, que no tiene desperdicio, dice así:

«Nunca, al menos en lo que yo conozco, estuvieron los montes más expuestos al descuaje y al arrasamiento, que cuando el poder central se encargó exclusivamente de su custodia. De todos 103 pueblos de la región montañosa de la provincia de León, que es donde esta cuestión más interesa, salen quejas y manifestaciones de disgusto por los resultados que produce la vigente organización para el aprovechamiento, conservación y fomento de los montes comunes. Es indudable que el pensamiento del legislador está inspirado en un buen deseo, en el de que esos montes se conserven y se mejoren; pero también es verdad que, merced á los medios adoptados, no sólo no son éstos conducentes al cumplimiento de aquellos fines, sino que producen el opuesto; es llano que el legislador quiere que se repueblen los bosques y que se produzcan, por unos ó por otros medios, otros nuevos que puedan ser una esperanza para un porvenir más ó menos lejano; pero también es evidente que los habitantes de los pueblos, que por ser en ello los más interesados, según exacta afirmación de la ordenanza de 1748, son los naturalmente indicados para ejecutar tales trabajos, y no lo hacen, dado el estado de inseguridad y de cambio continuo de la legislación, pensando en la poquísima consideración que se tiene para sus derechos desde inmemorial tiempo adquiridos, agraviados por las desconfianzas con que se juzga su conducta, inermes para la guarda y defensa de los frutos de su labor y poco afectos al desempeño del antipático papel del denunciante; por eso pierden todo sano y provechoso estímulo, crúzanse de brazos y abandonan la producción forestal á la dirección exclusiva de las fuerzas naturales, excluyen de sus ordenanzas los medios creados por su interés y mantenidos por la costumbre; las autoridades locales cuídanse de no tomar. resoluciones positivas, temerosas de responsabilidades más ó menos ilusorias, y el desconcierto y la anarquía vanse enseñoreando por todas partes.

Y no hay que decir que no se siente interés por el arbolado, que á enseñar lo contrario viene el provecho, la utilidad de los comunes, aguijón que les estimula hasta el extremo de hacerles acordar ordenanzas como aquella de las de Cármenes, que dice: «Iten acordamos que en cada año, en el creciente de la luna de Marzo, cada vecino plante seis árboles, frutales ó no frutales, como son chopos, álamos y negrillos, pena de diez reales.» Si esto se hacía en beneficio primordial de los individuos, ¿cómo no habían de interesarse por el fomento y repoblación de los montes, cuyas ventajas inmediatas habían de recoger todos? También lo revelan hechos como el ocurrido en el pueblo de Canseco, en cuyo término había hace sesenta años un terreno escabroso, con unas cuantas cepas y otros tantos matorrales de haya, sin valor ni provecho, ninguno, y hoy existe un monte importantísimo para aquel vecindario, debido exclusivamente á los cuidados, á la vigilancia, al interés, al empeño que mostraron constantemente los vecinos, desde el primer instante de su acotamiento, en conservarlo y en facilitar su desarrollo. (…)

Precisamente ahora que el Estado tiene todo ese personal de ingenieros, ayudantes, capataces y guardia civil, es cuando los montes sufren más; y sufren porque los más directamente interesados en su conservación han sido privados de los medios eficaces de que antes disponían para procurarla y para conseguirla. Con el sistema que rige, danse con frecuencia casos tan anómalos como el de que, mientras algunos avisados, aunque poco escrupulosos, realizan impunemente considerables substracciones de maderas, otros infelices incautos, que han tenido el atrevimiento de recoger leña de poco valor ó unas cuantas ramas de escaso provecho, desconociendo el valor legal del acto que realizan, se ven en el duro trance de tener que contestar á tales cargos, afectados por los ahogos que produce el terror, desde el banco de los procesados, como si se tratara de criminales curtidos en las prácticas de la delincuencia.

Que los pueblos del Norte de León guardaron siempre con especial cuidado su riqueza forestal, y que estuvieron muy atentos á procurar su fomento y á evitar los actos arbitrarios ó egoístas que pudieran causarla, sin necesidad, algún perjuicio, lo muestran bien las ordenanzas que han venido rigiendo la vida puramente local de aquellos comunes. En todas ellas se encuentran disposiciones relativas á la conservación y aprovechamiento de los montes, tanto de los que son exclusivos de cada pueblo, como de los que son comunes á dos ó más lugares, que no son pocos (…)

Hoy, aunque sintiéndolo vivamente los moradores de aquellas aldeas, y comprendiendo que ese apartamiento implica la ruina de sus montes, al contratar los servicios del guarda no nacen para éste más obligaciones que las de atender á la conservación de los frutos de las fincas de particulares y de los pastos acotados por acuerdo anual ó semanal; los bosques van quedando abandonados, en cuanto á su vigilancia, á la desmedrada de los capataces y de la guardia civil, que es casi tanto como si no tuvieran ninguna. Es verdaderamente lamentable que de tal manera se aprieten las ligaduras que atan la acción de los pueblos y se condene á aquellos sufridos montañeses á presenciar, sin que puedan remediarlo, el aniquilamiento de una riqueza tan esencial en el medio en que viven»

La desamortización olvidada. León (1810-1840)


 

Hace unas semanas en una entrada de este blog, comentábamos que en 1855 el ministro de Hacienda Madoz intentó vender las propiedades de los pueblos para hacer frente a las necesidades presupuestarias del Estado.

Aunque en León los pueblos conservaron la mayor parte de las propiedades comunales, en muchos lugares antes de la desamortización de Madoz ya habían ‘desaparecido’ una parte importante de los patrimonios comunales.

La venta de propiedades de los pueblos fue especialmente importante en la primera mitad del siglo XIX, en el período que transcurre entre 1810 y 1840, a causa de la Guerra de la Independencia y las guerras carlistas. Debido a estos conflictos bélicos, ayuntamientos y juntas vecinales acabaron muy endeudadas, por lo que fue frecuente recurrir, entre otras medidas, a la venta de bienes para paliar esta escasez presupuestaria.

Basta con mirar los protocolos notariales de las primeras décadas del siglo XIX de cualquier partido judicial de la provincia para constatar la venta de numerosas fincas comunales en distintas localidades de la provincia, motivo por el que este proceso es considerado como una ‘desamortización olvidada».

En lo que se refiere a las guerras napoleónicas, con el vacío de poder surgido se dio una coyuntura muy favorable para la venta de tierras concejiles. Aunque las ventas parecen haber sido más intensas en las zonas de ribera y en aquellos municipios urbanos que padecieron la ocupación francesa de facto, como por ejemplo Valencia de Don Juan, el fenómeno se dio a lo largo y ancho de toda la provincia.  

Precisamente en la antigua villa de Coyanza, ocupada por distintos ejércitos entre 1808 y 1813, las actas municipales dan testimonio de las ventas producidas durante este periodo. Así por ejemplo en febrero de 1810, el Ayuntamiento agobiado por las cargas de la guerra vendió varios predios (la Chopera, Molino Caído, Soto de Abajo, Fuentes de Aja y Marialba); en julio se aumentaron los impuestos; y en septiembre fueron marcadas nuevas fincas que fueron vendidas en febrero del año siguiente. También en febrero de 1811 se arrendaron los molinos de la villa; en abril se vendieron los predios de Pontecillos y Cañamales; y en noviembre (con un nuevo impuesto de guerra) se enajenaron las eras y otras fincas del común. Y así en los años sucesivos…

El caso es que en Valencia de Don Juan la situación desastrosa de la Hacienda municipal (quizás originada en estos años) se mantuvo a lo largo del siglo XIX. Ello obligó a nuevas ventas de comunales, como el “Monte pequeño” vendido en 1851. El remate de todos estos procesos fue la desamortización de propios que acabó liquidando el amplio patrimonio comunal de Valencia de Don Juan.

También en pueblos de la montaña leonesa, como Riaño, Burón, Acebedo, Maraña, o Boca de Huérgano hubo enajenaciones de bienes concejiles con motivo de la ocupación napoleónica. En Acebedo, entre 1809 y 1819, el concejo autorizó la venta en pública subasta de más de un centenar de fincas; según figura en la documentación notarial la razón de estas ventas fue el “remediar las necesidades que padece la citada villa por falta de medios para atender el socorro de nuestras tropas españolas en defensa de los enemigos que ymbaden la patria”.

El otro hito fueron las guerras carlistas, ya que en 1835 y 1838 se autorizó la venta de Realengos o baldíos y la venta de leña de los montes para indemnizar a los perjudicados por las incursiones carlistas en la provincia. Acogiéndose a este decreto, fueron vendidas fincas concejiles en numerosas localidades leonesas.

Lo más destacable es que la privatización de comunales de la mitad del siglo XIX estuvo plagada de irregularidades. Las oligarquías locales y los más ricos, aprovechando el vacío de poder y a la inseguridad jurídica, controlaron el proceso y lo aprovecharon para  aumentar sus patrimonios rústicos. La premura con la que se hicieron las subastas a causa de las exigencias y amenazas del ejército francés facilitó todavía más los manejos ya que se ignoró toda legalidad.

Estos ‘chanchullos’ provocaron que vecinos y concejos de unos cuantos pueblos acudieron a denunciar las irregularidades a la Diputación Provincial. Por ejemplo el concejo de Santas Martas alegaba que “cuatro ricos manipulantes fraguaron el enredo para ganar como vendedores, y después como compradores»; también los vecinos de Bustos señalaban que los ‘cuatro ricos’ para pagar las contribuciones habían dividido en quiñones varios terrenos concejiles poniéndoles un precio que no era asumible por los más pobres; de esta manera la mayoría de vecinos tuvieron que ceder su parte a los ricos que se hicieron con las tierras por ‘cuatro reales’.

En fin. Interesante, ¿no?. Ya lo saben…  “Quien reparte, y bien reparte se queda con la mejor parte”.

Si te interesa el tema, en el Capítulo 2 de la Tesis doctoral de José A. Serrano Álvarez, entre las págs. 191 y 208, tienes más información del tema. Aquí tienes el enlace.

Cuidadín, que los comunales siguen en peligro…


09 Acarreo tractorSe acaba el año 2013. Para los pueblos de León ha sido un año complicado no sólo por la crisis, sino porque a lo largo de este año se tramitó y se acabó aprobando la Ley de Sostenibilidad y Racionalización de la Administración Pública que preveía la desaparición de las juntas vecinales.

Europa mandaba ‘adelgazar» la Administración Pública y al hombrecillo Montoro no se le ocurrió una mejor manera de reducir el gasto público que suprimiendo juntas vecinales y ayuntamientos. En cambio nada dijo de eliminar a los ‘Carromeros’ de turno, personajes sin oficio ni beneficio que, nombrados a dedo por los políticos, están comiendo la sopa boba a costa de ayuntamientos y otras administraciones públicas, y por ende de todos los ciudadanos. ¡Hay que ser sinvergüenza!

Es mucho lo que se ha escrito sobre lo que supondría la desaparición de las juntas vecinales. Así que en esta última entrada del año hemos recopilado unos pocos artículos de opinión publicados en la prensa leonesa sobre las consecuencias que podría tener la Ley Montoro.

Uno de los primeros en alertar sobre las consecuencias desastrosas de la Ley Montoro fue Laureano Rubio, catedrático de Historia de la Universidad de León, el cual en un artículo titulado Juntas vecinales, una supresión injustificable se preguntaba: «¿Qué va a ocurrir con ese patrimonio comunal o concejil que desde su titularidad gestiona cada comunidad a través de su respectiva junta? ¿Va a pasar el dominio y gestión a los ayuntamientos cuando en ellos no están representados los intereses de cada pueblo? (…) Acaso se olvidan que los propios concejos y sus juntas vecinales han sido y son los que llevaron el agua corriente a los pueblos, empedraron sus calles, defendieron el monte del fuego, administraron sus recursos, costeaban y siguen costeando con sus propios recursos la fiesta y no pocas asistencias sociales? Ante esto, ¿cómo pueden tener los legisladores españoles la desfachatez de suprimir las instituciones que en mayor medida representan y son garantes de pasado histórico y del futuro de nuestros pueblos?»

En El concejicidio evitable, el abogado y catedrático de Derecho de la Universidad de León, Carlos González Antón enumeraba numerosos argumentos que avalan el mantenimiento de las Juntas vecinales; además «el intento de transferir la titularidad de las históricas propiedades comunales provocará gravísimos conflictos no previstos y que amenazarán la convivencia local«.

Valentín Cabero, catedrático de Geografía de la Universidad de Salamanca, en ¿Ordenación del territorio o apropiación? alertaba sobre la amenaza inminente que se cernía sobre una gran parte de los pueblos y de los bienes comunales y públicos. Por otro lado, subrayaba que «la supresión de las juntas vecinales y la pérdida del control de sus recursos pueden convertirse en el hachazo definitivo y más doloroso para las áreas rurales más desfavorecidas y más necesarias para nosotros desde la perspectiva vital, medioambiental, cultural y económica«. Para Cabero, la supresión de la juntas vecinales podría ser la muerte definitiva del medio rural.

En términos similares se expresaba José A. Serrano, autor de una tesis doctoral sobre los comunales. En el artículo En defensa de lo comunal concluía que «Con una economía en manos de especuladores, se corre el riesgo de que los montes y las propiedades de los pueblos acaben vendidos a precio de saldo; es más, lo peligroso es que hoy con una economía globalizada estas propiedades acaben en manos de empresas extranjeras y que acabemos sintiéndonos extraños en nuestra propia tierra«.

En fin… Como dice el refrán: «A buen entendedor pocas palabras». Aunque se está diciendo que al final la Ley Montoro no suprimirá las juntas vecinales, habrá que tener siete ojos ya que como hemos alertado en otras entradas, el patrimonio de los pueblos es un bien muy goloso. ¿Por qué, si no, los ayuntamientos leoneses callan y otorgan? Así que: ¡Cuidadín, que el peligro no ha pasado!

Si crees que falta algún artículo importante, te animo a que dejes el enlace en los comentarios.

Ah! ¡Feliz y próspero 2014!

Tierra y política en Paraguay: claves para entender la destitución del presidente Lugo


 El pasado 22 de junio, Fernando Lugo era destituido por el Congreso de su cargo de Presidente de Paraguay. El hecho desencadenante de esa decisión eran los enfrentamientos habidos días atrás, concretamente el 15 de junio, entre la policía y campesinos que ocupaban en Curuguaty, en el Departamento de Ñacunday, unas tierras del senador Blas N. Riquelme del Partido Colorado, y que saldó con 11 campesinos y 6 agentes de policía muertos y más de 80 heridos. Si bien las versiones de los hechos difieren (fuentes policiales afirman que fueron recibidos a tiros mientras que los campesinos sostienen que fueron francotiradores los que originaron las muertes), lo cierto es que estas muertes fueron la chispa de una decisión que ya parecía tomada de antemano. De nada sirvieron las dimisiones del ministro de Interior y del Jefe de la Policía y las manifestaciones de Lugo en apoyo a la fuerza policial así como el anuncio del Presidente de la creación de una comisión de investigación independiente para aclarar lo ocurrido; pocos días después, y en apenas 17 horas el Congreso de la Nación, utilizando una prerrogativa constitucional, enjuiciaba al presidente Lugo y lo declaraba “culpable” de mal desempeño político destituyéndolo del cargo. A partir de ese momento, el vicepresidente Federico Franco (Partido Liberal) pasaba a ocupar su lugar. Mientras que el nuevo presidente defendía la legalidad del “juicio político”, las organizaciones campesinas y países vecinos de la región como Ecuador, Bolivia, Brasil o Argentina denunciaron que se trataba de un “golpe de Estado” encubierto, razón por la cual Paraguay fue suspendido del Mercosur y de UNASUR.

De cara a entender mejor lo ocurrido, y enjuiciarlo críticamente, es necesario ir más allá de los graves incidentes de Curuguaty analizando lo ocurrido en Paraguay en los últimos años en relación al problema de la tierra. Junto con el fortalecimiento democrático, la reforma agraria era uno de los ejes del programa político de Fernando A. Lugo Méndez, conocido como el «obispo de los pobres», cuando en 2008 presentó su candidatura a la presidencia del Paraguay. Encabezando la Alianza Patriótica para el Cambio que aglutinaba a distintas organizaciones de izquierda, y aliado con el Partido Liberal (F. Franco encabezaba la candidatura como vicepresidente), Lugo consiguió derrotar al Partido Colorado que llevaba 61 años en el poder. En un país donde casi la mitad de la población es rural, la promesa de una “reforma agraria integral” le reportó el apoyo masivo de las organizaciones campesinas y también el voto rural. No obstante, los retos que se le presentaba al presidente eran de gran envergadura, entre otras razones porque Paraguay es uno de los países del mundo con un reparto más desigual de la tierra y donde además las oligarquías dueñas de la tierra y el sector agroexportador ostentan el poder económico y político.

En lo que se refiere a la distribución de la propiedad de la tierra en Paraguay, según el Censo Nacional Agropecuario (CNA) de 2008 el 2,06% de los propietarios poseían el 85,5% de la tierra cultivable, mientras que el 91,4% de la población campesina únicamente disponía del 6% de la superficie agrícola. Concretamente habría unas 310.000 familias campesinas que no poseen tierras, lo cual, y teniendo en cuenta que la población rural del Paraguay (2,6 millones de personas) es un porcentaje importante.

Este reparto tan desigual de la tierra no se remonta a la colonización española sino a lo ocurrido a partir de la Guerra de la Triple Alianza (1865-1870) y durante la dictadura de Stroessner (1954-1984). Entre 1875 y 1914 el Estado vendió más de 26 millones de hectáreas de tierras, las cuales fueron acaparadas por unos pocos propietarios; hacia 1930 una veintena de propietarios poseían la mitad de las tierras del país. Más adelante, durante la dictadura militar al amparo de una supuesta “reforma agraria” el Instituto de Bienestar Rural repartió unas 11 millones de hectáreas de tierras la mitad de las cuales (concretamente el 57%) quedó en manos de 1.877 personas, principalmente militares, hombres de negocios, o amigos del dictador como el senador Blas N. Riquelme el detentador de las tierras en disputa en Curuguaty. Estas tierras repartidas de forma irregular entre 1954 y 2003 son las denominadas tierras «malhabidas» como denuncia la Comisión de Verdad y Justicia en su Informe de 2008; en él, la Comisión denuncia las graves irregularidades cometidas en el reparto de tierras recomendando que el Estado promueva las acciones ante la Justicia, repare los daños y perjuicios causados y las recupere de nuevo. Precisamente, sobre las tierras «malhabidas», foco frecuente de conflicto entre campesinos y terratenientes, se articulaba la reforma agraria del presidente Lugo, ya que se preveía su compra por parte del Estado y su posterior traspaso a los campesinos sin tierras.

Con la intención de presionar al gobierno de Lugo a favor de la reforma, ya en las primeras semanas de su mandato las organizaciones campesinas comenzaron las ocupaciones de latifundios. Ese mismo año el presidente creó en Consejo Nacional de Reforma Agraria y otorgó poderes al Instituto Nacional de Desarrollo Rural y de la Tierra (INDERT) para comenzar con la compra y reparto de tierras entre los campesinos. Como presidente del INDERT fue nombrado Alberto Alderete un abogado experto en DDHH y que a mediados de los 90 había destacado por su defensa de campesinos sin tierras víctimas de la violencia policial. Considerado un activista, pronto se colocó en el punto de mira de los contrarios a la reforma agraria que organizaron agresivas campañas mediáticas contra él, y contra el propio presidente Lugo. Las trabas de los legisladores al proyecto de reforma (como por ejemplo la oposición del Congreso a la elaboración de un catastro), las sucesivas reducciones del presupuesto del INDERT o la campaña de acoso y derribo por parte de los detractores de la reforma que hizo que A. Alderete renunciase a su cargo alegando “agotamiento personal”, quizás cansado de que la reforma no avanzase y de la falta de apoyos.

A las resistencias internas y las trabas de los legisladores se añade la fuerte beligerancia del sector agroexportador, especialmente de los productores ganaderos y sojeros. Para entender mejor la situación téngase en cuenta dos datos: uno es que según el Censo Nacional Agropecuario de 2008, 4.727 productores ganaderos (un 1,63% del total) con explotaciones mayores de 1.000 hectáreas poseen el 79% de la tierra (24,6 millones de Has.) dedicada a uso ganadero y el 64% de las cabezas de ganado vacuno; el otro es que en 2010 la soja ocupaba el 60% de la superficie cultivada (con el trigo y maíz suman el 86% del área cultivada). Paraguay es uno de los principales productores y exportadores de soja a nivel mundial, y existe una gran demanda de tierras para este cultivo (la superficie cultivada de soja pasó de 482.000 hectáreas en 1991 a 2,67 millones en 2010).

Precisamente, la soja, que estos días pasados alcanzaba precios históricos, es una de las claves del conflicto por la tierra, entre otras razones porque el modelo agrícola propuesto en la reforma agraria estaba basado en la agricultura familiar y la soberanía alimentaria lo cual colisionaba con los intereses de las oligarquías y con el modelo agroexportador predominante en el país. Otro elemento a tener en cuenta que la soja que se cultiva en Paraguay es transgénica con lo cual detrás del boom sojero también están presentes los intereses de las empresas agroquímicas y de las grandes transnacionales oligopólicas que controlan el procesamiento y las exportaciones de soja como Cargill, ADM, Bunge o Dreyfus. Como un elemento más del conflicto por la tierra, se ha de añadir que la soja es un cultivo altamente mecanizado que apenas necesita mano de obra y que tiene un altísimo coste medioambiental por el desmonte de tierras y destrucción de bosque que implica el poner las tierras en cultivo y por un uso intenso uso de agrotóxicos en su cultivo.

Mientras que la producción sojera expulsa campesinos y comunidades indígenas hacia los suburbios de las ciudades, el modelo de reforma agraria planteado en Paraguay apuesta por fijar la población en el campo y por el reparto de tierras como medio para combatir la pobreza rural; téngase en cuenta que hay 1,2 millones de pobres rurales de una población total de 6,5 millones de habitantes. Aunque es cierto que las exportaciones agropecuarias son responsables en buena medida de que el PIB del país haya crecido un 14,5% el 2010, únicamente unos pocos se beneficiaron de ello, puesto que ese mismo año aumentó el número de pobres.

Llegados a 2012, a pesar del apoyo del presidente a la reforma agraria, el panorama para las organizaciones campesinas es desolador: no sólo se avanzó muy poco en el reparto de tierras sino que se afianzó el modelo agroexportador y probablemente la concentración de la tierra. Por esta razón, grupos de campesinos optado de nuevo por ocupar tierras como las de junio pasado de Ñacunday como medida de presión, ya que como señala la Mesa Coordinadora Nacional de Organizaciones Campesinas (MCNOC) “ya no se puede seguir postergando la regularización de la tenencia de tierras”. En esta ocasión, uno de los resultados de las “medidas de fuerza” fue la expulsión de Lugo de la Presidencia del Paraguay, al ser considerado por los grandes empresarios agrarios y la oposición política como cómplice de las ocupaciones e incapaz de resolver el conflicto.

No obstante, y ya para finalizar, hay varios elementos que llaman la atención del proceso de destitución. Una es que en menos de una semana se armasen las alianzas parlamentarias para ejecutar el juicio político. Otra es la “unanimidad” de la decisión (76 votos a favor y únicamente 1 en contra), si bien mirando la composición de Congreso no es tanta sorpresa; entre el Partido Colorado (33), el Partido Liberal del actual presidente F. Franco (29) y la UNACE (12) del golpista Lino Oviedo suman 74 diputados. Y un tercer aspecto llamativo es que un “juicio político”, en el cual se juzga al Presidente de la Nación, se lleve a cabo en 17 horas, disponiendo el acusado de dos horas para defender su inocencia. Todo ello hace intuir que todo estaba cocinado y se estaba esperando el momento oportuno destituir al presidente; de hecho, el presidente Lugo estuvo amenazado en otras ocasiones con ser sometido a juicio político por cuestiones relacionadas con la reforma agraria que trataba de poner en marcha; una de ellas fue el “caso Teixeira” en la que se acusó al presidente de “intento de estafa al Estado” al acordar con un empresario brasileño la compra de 22.000 hectáreas de tierra para repartir entre el campesinado sin tierras, la cual según sus detractores se había hecho por un valor muy superior al de mercado. Es posible, como señalan algunos analistas, que el Partido Liberal buscase distanciarse de Lugo de cara a las elecciones de 2013, pero también como el propio Lugo ha denunciado, detrás de su destitución se oculta también el clientelismo y el reparto de prebendas entre la clase política. En este sentido, la corrupción en sus múltiples manifestaciones (tráfico de influencias, sobornos, fraude, prevaricación, nepotismo, malversación o fraude) es común en Paraguay; según Transparencia Internacional, Paraguay ocupa el lugar 154 de 182 países situándose al mismo nivel de países como Zimbawe. De hecho, entre los que han impulsado la destitución de Lugo se cuentan numerosos implicados en casos de corrupción, con vínculos incluso con el narcotráfico.

Cierto que la Constitución de Paraguay en el artículo 225 otorga al Congreso la facultad de destituir al Presidente por mal desempeño de sus funciones, por delitos cometidos en el ejercicio de su cargo o por delitos comunes. Sin embargo, en este caso no parece que la ley se haya aplicado para garantizar un mejor funcionamiento democrático, sino al contrario: al igual que ha ocurrido a lo largo de la historia del Paraguay, la destitución de Lugo parece mostrar cómo la clase política oligárquica utiliza las leyes del Estado y las instituciones en beneficio propio sin el más mínimo pudor, y de este modo seguir acumulando poder político y económico.

Artículo de José Serrano – 04/07/2012

Foto de Carola Thiede

 

 

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