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Las legitimaciones estuvieron repartidas por toda la geografía provincial, aunque los municipios con un mayor número de fincas legitimadas se sitúan en la comarca tradicional de «La Cepeda» incluida dentro de Montes de León, una de las más pobres de la provincia a principios del siglo XX. Allí, en los municipios que componen esta comarca Villagatón, Villaobispo, Magaz de Cepeda, Villamejil de Cepeda y Quintana del Castillo, donde particulares y Juntas Vecinales como las de Brimeda u Otero de Escarpizo habrían legitimado casi 4.000 fincas También destacan municipios de la parte alta de la Ribera del Órbigo –como Santa Marina del Rey o Cimanes del Tejar; el detalle de lo ocurrido en uno de estos municipios se muestra en el Cuadro 4.19.
Bajando aún más a un nivel local he estudiado lo que pasó en los pueblos de Ferreras de Cepeda y Morriondo, los cuales hasta los años 20 del siglo formaban una única entidad administrativa y disfrutaban –y actualmente disfrutan– de forma mancomunada un mismo monte, el nº 23 de los catalogados como de utilidad pública[296]. En estas localidades accedieron a las legitimaciones 58 vecinos –suponemos que estos componían la mayor parte del vecindario–; fueron legitimadas 429 fincas, siendo la superficie media de 0,15 hectáreas, y no superando ninguna la media hectárea de superficie. La superficie media legitimada por vecino fue de 1,82 hectáreas, que van de las más de 3 hectáreas legitimadas por los hermanos E. y F. Blanco, a las 9 ó 12 áreas legitimadas por alguno de sus convecinos; incluso es posible que algunos vecinos quedasen fuera de los repartos, tal como se deduce de algunas denuncias. Curiosamente, F. Blanco, uno de los que legitimó una mayor superficie fue durante estos años Juez de paz y cacique de la zona[297. Ello vendría a poner de manifiesto una vez más, que los poderes locales estaban detrás de los procesos ocurridos en los comunales, y como en ocasiones anteriores, ellos serían los que sacaron un mayor partido de los repartos.
Es posible que una vez comenzado el proceso se incentivasen las roturaciones, ya que las medidas legitimadoras supusieron un último empuje a los apresamientos de tierras comunales. Se abría la posibilidad de ver reconocida la propiedad, con lo cual los campesinos pudieron aprovechar la oportunidad de roturar nuevas tierras para legitimarlas[298]; así parece suceder en Ferreras de Cepeda, ya que uno de los principales legitimadores de roturaciones arbitrarias, y cacique de la zona, fue denunciado por el vecindario por apropiación de terrenos[299]. Aunque la Administración dio a los vecinos la posibilidad de legitimar lo roturado, no siempre estas roturaciones eran “legitimadas”, ya que no eran amparadas por las Juntas Vecinales[300]. Como argumentan los vecinos de Ferreras y Morriondo en una carta en la que pedían que se ampliase el plazo para legitimar, los terrenos procedían de aquiñonamientos realizados en épocas de escasez, o de parcelas vendidas por la Junta Vecinal para sufragar gastos del pueblo. Según la carta de los vecinos, el hecho de que el concejo procediese al aquiñonamiento de los terrenos para el cultivo por partes iguales entre todos los vecinos, entendían que “daba un derecho equivalente a título de propiedad”, lo cual es una muestra más de lo que hemos venido denominando “economía moral”[301]. El cultivo agrícola del monte, era como un préstamo obtenido de los comunales, pero en ocasiones este préstamo se transformaba en “donación”, si había un reparto igualitario se entendía que ello avalaba la propiedad. Ahora bien, ello no puede hacernos olvidar que a pesar de los repartos igualitarios, los vecinos más pudientes terminaban comprando las tierras a los vecinos más pobres, con lo cual los repartos no venían a disminuir las diferencias en el interior de la comunidad, sino que gracias a estos repartos se incrementaban. Obviamente, detrás de los repartos estaban tanto pobres como ricos; los primeros porque necesitaban las tierras para la subsistencia, y los segundos porque además de incrementar sus propiedades eran conscientes de que a la vuelta de unos años podrían comprar las tierras repartidas a las personas más endeudadas.
A la hora de hacer una valoración de las legitimaciones, éstas fueron una estrategia similar a las individualizaciones, y su alcance fue muy pequeño a nivel global. Únicamente sirvieron para legitimar la posesión de pequeñas propiedades en comarcas donde había un ordenamiento comunitario fuerte, la desamortización apenas había tenido importancia, y cada vez había una mayor demanda de tierra cultivable. También dotaron de una mayor seguridad en el acceso a la tierra a quienes accedieron a las legitimaciones, y se incrementó el terrazgo cultivado a costa de espacios marginales y poco productivos, pero no se solventó la falta de tierras; en Ferreras de Cepeda, uno de los pueblos donde se legitimaron un buen número de fincas, la Administración forestal denunció al vecindario en varias ocasiones por roturaciones en los montes[302].
Parece que en general en el norte de España, y en provincias como Cantabria donde el proceso ha sido estudiado, la legitimación de roturaciones arbitrarias fue bastante importante al tener como protagonistas al pequeño campesinado, que a través del proceso –privatización de comunales y montes “públicos”– pudo acceder a pequeñas propiedades[303]. En León, parece haber sido una estrategia de supervivencia, ya que incluso en aquellos municipios en donde se legitimó una mayor cantidad de fincas, fue una mínima parte de la superficie comunal; así por ejemplo en Quintana del Castillo la superficie legalizada que he calculado sería el 5,7% del total de la superficie de montes públicos catalogados. Como otras disposiciones de la Dictadura primorriverista, esta medida estaba destinada a aliviar la tensión social que se vivía en el campo, y que terminó haciéndose mucho más evidente años más tarde durante la II República. Por otro lado, el hecho de que en León participasen las Juntas vecinales en las legitimaciones, nos hace ver éstas como una respuesta frente a las restricciones impuestas por la Administración forestal, la cual prohibía las roturaciones en los montes «públicos». Precisamente de ellas se derivaron importantes problemas entre vecinos y Administración forestal, ya que años más adelante, durante el franquismo, según el testimonio de vecinos de La Cepeda, la Administración forestal arrebató por la fuerza fincas que habían sido legitimadas y sobre las cuales los vecinos no pudieron acreditar la posesión[304].
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[296] Es posible que el desdoblamiento del antiguo término concejil en dos poblaciones respondiese a una búsqueda de un mejor aprovechamiento de los pastos y las zonas de monte, y Morriondo surgiese para aprovechar las partes más altas del término concejil.
[297] En torno a este personaje, llamado el «tío Quicón» se tejía parte de la red clientelar de la comarca. Éste era el principal valedor de Mariano Osorio, prestamista de la zona de Maragatería, que mediante engaños despojó a unos cuantos vecinos de Ferreras de sus mejores tierras (fruto de esos “despojos”, es que en 1998, según el Padrón de Rústica, la Fundación que lleva su nombre era el principal propietario del pueblo, ya que poseía 82 fincas en Ferreras que ocupaban 26,16 hectáreas). Es decir, el «tío Quicón» era quien le ayudaba en los manejos, le llevaba las tierras en renta, y le vigilaba los negocios en el pueblo. Además, este personaje estuvo en todos los manejos políticos de la zona en el primer tercio del siglo XX, siendo el organizador del somatén primorriverista y de la represión franquista en la postguerra.
[298] Balboa López (1988), p. 233.
[299] AHPL, Fondo ICONA (Denuncias). Libro 84, fol. 64v, nº 7, 10/04/1928. “Varios vecinos de Ferreras y Morriondo denuncian a Francisco Blanco Arienza por apropiación de terrenos”.
[300] Así por ejemplo, en la relación de fincas comunales que envía el Ayuntamiento de Castrocalbón al IRA indica: “Consta a esta Alcaldía que de años acá han sido roturados arbitrariamente varios terrenos comunales por un reducido número de vecinos que si bien no son a grandes extensiones estaban sirviendo de pastos a los ganados de todos, y estos tenemos no se han pagado ni se han reivindicado por las Juntas Administrativas” AIRYDA, Reforma Agraria (Comunales y Señoríos). Legajo 75. “Relación de bienes comunales del municipio de Castrocalbón”.
[301] Dicen los vecinos: “Los que suscriben vecinos del pueblo de Ferreras y Morriondo, (…) que todos ellos poseedores de buena fe, los unos de terrenos procedentes de aquiñonamientos que fueron hechos por el vecindario en época de escasez para poder atender el sustento de sus familias, y los otros de parcelas vendidas por las Juntas Administrativas para sufragar los gastos del pueblo, sin que ninguno de ellos tenga título de propiedad de estos terrenos. Al dictarse por el gobierno los Reales Decretos de legitimación acudimos, acogiéndonos a dichas disposiciones, a la legitimación de lo que creíamos roturaciones arbitrarias, dejando de hacer de los que nos referimos por creer que no tenían tal carácter, ya que suponíamos que el hecho de vendernos las Juntas las parcelas de que hablamos, como el de proceder el Concejo al aquiñonamiento o de reparto de terrenos para el cultivo por iguales partes entre todos los vecinos daba un derecho equivalente a título de propiedad, pero mejor informados hoy y deseando colocarnos dentro de la más absoluta legalidad en bien de nuestros intereses (…) recurrimos en súplica de que se nos conceda un plazo para legitimar estos terrenos a que nos referimos, como hicimos en su tiempo con los demás que poseíamos arbitrariamente” [AHN, FC Hacienda, Legajo 5.930/47. “Instancia de los vecinos de Ferreras y Morriondo”].
[302] Una de estas ocasiones fue en 1932, pocos años después del proceso legitimador [AHPL, Fondo ICONA (Denuncias). Libro 88, fol. 170, 20/06/1932].
[303] En Cantabria, esa posesión precaria y mínima propiedad habría contribuido a asentar una clase campesina «moderna», que en el transcurso de la primera mitad del siglo XX protagonizó una profunda transformación económica y social Ortega Valcárcel (1991), pp. 169-173, afirma que esta clase de pequeños propietarios agrarios, apoyados por los sindicatos católicos, cambiaron la orientación extensiva propia de la economía de renta, por otra intensiva basada en la especialización en la producción láctea.
[304] Así lo afirma por ejemplo Alejandra Serrano, de 80 años, quien señala que durante el franquismo el ICONA les arrebató varias fincas que su padre había legitimado; en todo caso, los problemas se mantienen, ya que por ejemplo en Villameca hace muy pocos años con motivo de la revisión del catastro, los vecinos reclamaron fincas legitimadas que la Administración forestal consideraba suyas, entablándose incluso litigios legales. También a la hora de consultar el AHN me fue imposible localizar el Libro 6.017 de la Dirección General de Propiedades, donde según el descriptor se recogen las fincas legitimadas; en el AHN señalan que este Libro nunca salió del Ministerio de Hacienda, y en el Ministerio no se encuentra, lo cual indica que quizás está siendo utilizado para dirimir cuestiones posesorias.
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Reproducido con permiso del autor. Haciendo click en este enlace encontrarán el resto del capítulo.