El conflicto de Villaverde de Sandoval (2/2)


Nota aclaratoria inicial: tal y como vimos en una anterior entrada, utilizando malas artes, Gabriel Balbuena, se había apropiado del coto redondo de Villaverde de Sandoval. Unas décadas más tarde esto derivó en un conflicto de orden público, por lo que el Estado optó por establecer una Colonia Agrícola.

La otra colonia fue la de Villaverde de Sandoval que, como fue visto en el segundo capítulo, procedía de la desamortización de un coto redondo perteneciente al Monasterio de Sandoval adquirido irregularmente por Gabriel Balbuena, funcionario de ventas de bienes nacionales. Sus herederos, a través de un testamento y su inscripción en el Registro de la Propiedad, habían logrado la propiedad de todo un pueblo. A pesar de que el pueblo de Villaverde había contestado esa adquisición, llegados al primer tercio del siglo XX, los Balbuena con la colaboración de ocho vecinos del pueblo obligaban al resto de vecinos a firmar un arriendo abusivo; incluso parece que muchos vecinos firmaban en blanco, como ellos reconocían: unos por pura imposición y los más por pura necesidad[1]; incluso en el contrato de arrendamiento les imponía condiciones peculiares como la prohibición de litigar con los arrendadores bajo pena de perder el quiñón, u otras de un claro carácter paternalista –a medio camino entre el consejo paternal y la amenaza–[2].

Lo cierto es que debido a las arbitrariedades de los herederos de Gabriel Balbuena, como las subidas de la renta, se llegó a un punto en el que 47 de los 56 vecinos del pueblo se negaron a sembrar las tierras durante 3 años, con lo cual se creó un conflicto de orden público. El punto más caliente de los incidentes fue la manifestación de los vecinos de Villaverde, que recorrió las calles de León para entregar al Gobierno Civil un escrito dirigido al Presidente del Consejo de Ministros[3]. En este escrito se pedía que no se pusiesen en arriendo bienes que eran propiedad de los vecinos como las casas, o los pastos comunales; que se arrendase a todos y a cada uno de los vecinos del pueblo por partes iguales, y no se exigiese más renta que la que determinaba el testamento; que el arriendo se hiciese por el tiempo y condiciones que determinasen las leyes, o por lo menos las costumbres de la región; y otras peticiones menos importantes[4]. Finalmente, mediante el Real decreto de 3 de diciembre de 1928 y el Real decreto/ley de 17 de junio de 1929, el coto fue expropiado, tasándose en 470.506,93 ptas., cifra en la cual los herederos no estuvieron de acuerdo, siendo dividido en 62 lotes, tantos como vecinos había en Villaverde[5].

En el asunto de Villaverde se pone de manifiesto algo que ya señalé sobre la privatización de bienes comunales, y es que –una vez privatizados los bienes explotados de forma colectiva– cambiaron las condiciones de explotación de esos bienes, ya que los propietarios modificaron las condiciones de arrendamiento. No sólo “ignoraron” la costumbre, e impusieron condiciones abusivas, sino que estos arrendamientos eran la base de la red clientelar privilegiando a unos pocos vecinos, tratando de influir –como por ejemplo en Villaverde–, en el nombramiento de la Junta Vecinal y en los poderes locales. Si cabe allí la situación todavía fue más grave, ya que estos bienes ni siquiera provenían de una compra sino de una usurpación o detentación, como habían denunciado repetidamente los vecinos y reconoció el informe del Ministerio de Gobernación[6]; recordemos que G. Balbuena arrendaba el Coto al Estado para subarrendarlo al pueblo, y aprovechando una ocasión en que un familiar estaba de Registrador interino en el Registro de la Propiedad lo inscribió a su nombre. También fue controvertida la solución del Estado ya que trató de resolver el conflicto sin cuestionar los derechos de los poseedores, sin importar que la posesión fuese fruto de un “robo”, y que se hubiese robado a todo un pueblo, puesto que el delito había prescrito[7]. Con esta resolución más bien lo que se deduce es que el Estado no quería cuestionar la idea de propiedad, ya que ello podía suponer poner en duda la adquisición de otras muchas fincas; únicamente se puso un parche para prevenir la explosión de un conflicto violento[8], reconociéndose al fin y al cabo los derechos de los detentadores.

Evaluando los resultados obtenidos, el hecho de que el programa colonizador se articulase sobre la cesión de unos pocos patrimonios públicos y de mala calidad lo condenó al fracaso, según Mangas Navas. Por ello, a pesar del largo período de vigencia –de 1907 a 1927–, los resultados fueron muy modestos[9]. En la provincia de León, se hace difícil hacer una valoración, ya que un caso –Carracedo– parece ser un fracaso, mientras que, en Villaverde de Sandoval, se puso fin a una cuestión “social” que había sido conflictiva durante una serie de años, aunque no resolvió la problemática del todo[10].

[1]Varios de los que suscribimos no hemos llegado a seis cargas de trigo, teniendo que pagar cinco de renta, no habiendo sembrado patata, legumbre y otros sementijos, porque con amenazas, desahucios, juicios, interdictos, etc., etc., tratan de aniquilarnos ó que nos entreguemos por hambre, para decir que todo es de los Sres. Balbuena. Más no lo conseguirán, porque somos de la patria donde estuvo Numancia y Sagunto que consintieron perecer antes que entregarse (…) No se le ocultará a V.E. la angustiosa que será nuestra situación, ante niños que piden pan, y con su privilegiada intuición verá la resbaladiza pendiente por donde sin perdonar medios tratan de precipitarnos los Sres. Represa y Pereira con ocho vecinos del pueblo que se prestan a todos los atropellos que los antes dichos Sres. y familia se prestan hacernos víctimas” [AIRYDA. Colonias (Villaverde de Sandoval). Legajo 25/3 (6)].
[2] El artículo17 reza así: “Queda prohibido todo litigio para con los arrendadores del coto de Sandoval, así como coaligarse entre sí ó con otros que no sean llevadores, sosteniendo teorías contrarias á la propiedad arrendada, pues además de traer como consecuencia de ello disgustos, los perjuicios que se irroguen redundan también en contra de unos y de otros; más si a pesar de lo manifestado hubiera quien sosteniese todo lo opuesto, entiéndese que desde luego queda desahuciado del Quiñón en la parte ó porción que lleve en arriendo” [AIRYDA. Colonias (Villaverde de Sandoval). Legajo 25/3 (6). “Contrato de arriendo del Coto de Villaverde de Sandoval”].
[3] El Noticiero Leonés de 13 de junio de 1927, dedica una página entera a la noticia: “El viernes vióse sorprendida la capital por la presencia de un nutridísimo grupo compuesto por familias enteras (incluso niños de pecho), que recorrió la ciudad por sus principales calles, dirigiéndose al Gobierno Civil, ante cuyas puertas se estacionaron”.
[4] AIRYDA. Colonias (Villaverde de Sandoval). Legajo 25/3 (6). “Escrito de los vecinos al Presidente del Consejo de Ministros”.
[5] AIRYDA. Colonias (Villaverde de Sandoval). Legajo 25/3 (8).
[6] También el cura y el Presidente de la Junta Vecinal en un escrito al Delegado de Hacienda de la provincia de León, denuncian la usurpación del Coto redondo, [AIRYDA. Colonias (Villaverde de Sandoval). Legajo 25/3 (6). “Escrito del cura párroco, Presidente y Vocal de la Junta vecinal del pueblo de Villaverde al Delegado de Hacienda de la Provincia de León”]. El informe del Ministerio de Gobernación señala que Gabriel Balbuena compró un pequeño núcleo “y sin que aparezca título alguno Don Gabriel Balbuena poseyó la extensión de terreno que se conoce con el nombre de Coto de Villaverde de Sandoval, posesión que no tuvo en principio sino como arrendatario. No puede por menos esta Comisión de señalar la grave negligencia de los funcionarios del Estado que descuidaron el cumplimiento de su deber en aquella época, dejando sin efectividad las disposiciones que regían en cuanto á la subasta y enajenación de bienes nacionales. Este descuido accidental ó provocado por la presión política, se ampara según todos los indicios Don Gabriel Balbuena para permanecer en una situación de hecho que más tarde intentó consolidar, desde el punto de vista jurídico, con una inscripción realizada en el Registro de la Propiedad en 15 de Mayo de 1870. Esta inscripción, notoriamente defectuosa, fue practicada por un Registrador interino ligado con quien se decía titular del coto por vínculos de parentesco tan próximos como son los de legítima filiación (…) Cierto es, que hay motivos bastantes para creer en la detentación” [AIRYDA. Colonias (Villaverde de Sandoval). Legajo 25/3 (6). “Informe del Ministerio de la Gobernación”].
[7]Cierto asimismo, que los herederos del Don Gabriel Balbuena han ejercitado solo una posesión tabular que podría se discutida con energía, pero no es menos cierto que el amparo que presta una institución legitimadora como la prescripción y una garantía registral, como la del artículo 41 de la Ley Hipotecaria, aún en su moderna redacción, tiene de pronto la doble eficacia de consolidar una situación de hecho, por un lado, en cuanto á aquellos terrenos que al menos hubiesen sido poseídos por el plazo legal y de cargar con una prueba difícil al contradictor que pretenda encontrar una discordancia entre la situación jurídica registral y la jurídica real” [AIRYDA. Colonias (Villaverde de Sandoval). Legajo 25/3 (6). “Informe del Ministerio de la Gobernación”].
[8]Las constantes discusiones acerca de la titularidad de los terrenos, los contratos de arrendamiento que los vecinos del pueblo de Villaverde de Sandoval se veían obligados á firmar contra sus convicciones para continuar en el cultivo de tierras secularmente labradas por sus ascendientes, y las violentas reacciones que habían creado las numerosas acciones judiciales y denuncias administrativas, llegaron á formar un ambiente de hostilidad entre colonos y propietarios, con categoría verdadera de conflicto social. La lucha traspasó los límites de una cuestión meramente privada. Por un lado era un pueblo entero que se negaba a desalojar terrenos que consideraba suyos, que no quería continuar poseyendo con el título precario de un colonato, que abandona en masa el cultivo de las tierras. Por otro, los propietarios aparentes, que aspiraban por todos los medios á dar un contenido efectivo á su titularidad, que impetraban a las autoridades para hacer respetar sus derechos, que procuraban imponer á los colonos los privilegios de su condición. Y á tal punto había llegado la discordia, que casos aislados de violencia presagiaban futuros conflictos de orden público con sangrientas e irreparables consecuencias. (…) Económicamente, la situación es desastrosa. Por un lado existen unos supuestos propietarios que ven desvanecerse á pasos agigantados el contenido efectivo de su propiedad. Ni sus acciones defensivas pueden encontrar adecuado cumplimiento, ni el aprovechamiento de las tierras se desenvuelve con condiciones normales, ni perciben renta por los arrendamientos, ni encuentran medio de desembarazarse de lo que es más bien que un patrimonio activo, una pesada carga (…) Por su parte, los vecinos del pueblo que considerándose desahuciados desde hace tres años permanecen sin cultivar las tierras que llevan en arrendamiento, no obstante lo cual siguen pagando la contribución, han agotado todas las posibilidades económicas de resistencia sin que tengan otros caminos que la dolorosa alternativa de perecer ante los campos incultos ó emigrar, salvo que prefiriesen en un acto de sumisión doblar la cabeza ante las pretensiones verdaderamente exageradas de los propietarios atándose al terruño con una cadena de perpetua esclavitud (…) En este sentido hay que convenir que no puede ofrecerse otro camino que el de reintegrar la tierra a sus verdaderos cultivadores sin perjudicar el derecho de los propietarios, procurando que ni aquellos vean sobrecargadas sus obligaciones con la nueva situación creada, ni estos vean disminuidos los ingresos con la enajenación de la finca”, AIRYDA. Colonias (Villaverde de Sandoval). Legajo 25/3 (6). “Informe del Ministerio de la Gobernación”.
[9] Mangas Navas (1984), p. 286.
[10] La situación precedente había creado desajustes importantes, como el empobrecimiento de la mayoría de vecinos; como señala Sahelices (1989), p. 343, las dificultades en el pago fueron tan grandes que algunos vecinos tuvieron que vender una parte que les había tocado para poder adquirir el resto.

Reproducido con permiso del autor. En este enlace la publicación original.

La foto que acompaña el texto es la entrega a los vecinos por parte de Gobernador Civil de los lotes del Coto Redondo.

El conflicto de Villaverde de Sandoval (1/2)


Uno de los conflictos más importantes en torno a los bienes “comunales” y que ejemplifica las consecuencias de la desamortización eclesiástica fue lo ocurrido en el coto redondo de Villaverde de Sandoval, perteneciente a los monjes cistercienses de la abadía de Sandoval. Allí, la heredad de los quiñones de Villaverde que habían sido comprados por Pablo Regino López por una cantidad ridícula, con la posterior venta a Gabriel Balbuena dio lugar a muchos conflictos entre éste y el pueblo de Villaverde de Sandoval. Éste es un buen ejemplo, no sólo de los manejos legales e ilegales de estos personajes para acceder a estos bienes que eran explotados colectivamente y por los cuales se pagaban unas sustanciosas rentas, sino de las transformaciones que se derivaron del cambio en la propiedad y la gestión.

Sin profundizar en cómo se produjo la consolidación del dominio del Monasterio de Sandoval –estudiado por Sebastián Amarilla–, el resultado fue que a través de donaciones, los monjes durante la Edad Moderna accedieron a numerosos montes, pastizales, en la zona norte donde se situaba el monasterio[1]. En resumidas cuentas, el patrimonio rústico de la abadía de Sandoval entre mediados del siglo XVIII y el primer tercio del siglo XIX debía de andar en torno a las 4.225 hectáreas[2], siendo una parte importante los montes y pastizales, como el coto redondo de Villaverde de Sandoval. Lo destacable con respecto a nuestro trabajo, es que, como muestra Sebastián Amarilla, estas comunidades aldeanas habían alcanzado una capacidad nada desdeñable respecto a la organización y explotación con arreglos a usos y costumbres comunales, en muchos casos ya desaparecidos en el interior peninsular. Precisamente esta forma de funcionamiento “fue resultado de la propia evolución de las relaciones feudales de producción presentes en el agro leonés”, y “pervivió durante el Antiguo Régimen dotando de notable estabilidad a la sociedad rural que lo sustentaba[3]. Al igual que ocurría con las propiedades de los concejos, la explotación de estas tierras del monasterio estaban sometidas a la reglamentación comunal.

Yendo a los detalles más importantes de la desamortización de este monasterio, en 1836 con la desamortización de los bienes del Clero, fueron sacados a subasta diversos bienes del Monasterio de Santa María de Sandoval, entre ellos los quiñones del término de Villaverde de Sandoval, los cuales fueron adjudicados a Pablo López, cuñado de Gabriel Balbuena, aunque no está muy claro que estos quiñones perteneciesen al coto redondo de Villaverde[4]. Precisamente, una cuestión a tener presente es la forma cómo se produjo esta adjudicación, ya que no solo se ignoró el encargo de la Comisión de Agricultura del Ayuntamiento de Villasabariego, de que se dividiesen en cortas porciones a fin de que todo pobre pudiese comprar, sino que un pacto entre los compradores permitió a Pablo López hacerse con estas heredades por 390.254 reales[5]. Aunque parece claro que esta compra no incluía los quiñones del coto redondo, parece cierto que hubo una compra –que luego daría pie a la inscripción en el Registro de la Propiedad. Esta compra y el hecho de llevar en arriendo al Estado los 52 quiñones del Coto redondo y los foros y censos –que subarrendaba al pueblo de Villaverde de Sandoval–, permitió posteriormente a Gabriel Balbuena tenerse por propietario de la totalidad del coto redondo, protegido por la influencia de ser diputado nacional. Así, en 1870, éste realizó una inscripción en el Registro de la Propiedad de la totalidad del Coto, que los vecinos contestaron a través de juicios, y que fue rechazada por el Registrador de la Propiedad, por no tener los documentos presentados carácter de escritura pública[6]. Después de varios intentos, a la muerte de Regina López Arintero, esposa de Gabriel Balbuena y hermana de Pablo López, por fin, apoyándose en el testamento de su esposa, éste inscribió el coto redondo de Villaverde de Sandoval en el Registro de la Propiedad[7]. Curiosamente, la inscripción la formalizó Melquíades Balbuena –casualmente, sobrino de Gabriel Balbuena–, aprovechando una interinidad en la que él mismo se encontraba como registrador accidental, siendo además la primera inscripción de esta finca en el Registro[8].

Gracias a la inscripción irregular en el Registro de la Propiedad, el arribista sin escrúpulos G. Balbuena, de arrendatario del Estado de esos bienes nacionales pasaba a ser propietario. Si bien ya subarrendaba el Coto a los vecinos del pueblo, a partir de ese momento, y despojado el pueblo de todo derecho, el nuevo propietario comenzó a imponer condiciones abusivas y arbitrarias. Esta posesión arbitraria y las ansias de Balbuena, crearon una situación conflictiva en el siglo XIX, la cual explotó en conflicto abierto en el primer tercio del XX entre éste y los vecinos del pueblo[9]. Se llegó a un punto tal que, debido a la imposición de arrendamientos arbitrarios y abusivos, los vecinos de Villaverde se negaron a cultivar las tierras durante unos años, lo cual obligó al Ministerio de la Gobernación a dar una solución definitiva a un conflicto originado por la desamortización eclesiástica; desenlace que se verá detallado en una próxima entrada del blog.

[1] Sebastián Amarilla (1991), p. 457; según éste, esta heredad tuvo su origen en la donación que en 1167 hizo el conde Ponce de Minerva a los monjes de San Benito “el lugar de Santo Noval con vasallos, solares, molinos, prados, pastos, sotos, tierras, fuentes, árboles, huertos, la jurisdicción civil y criminal,…”. Estos monjes fundaron cuatro años más tarde el Monasterio de Santa María de Sandoval, y estimularon la llegada de pobladores. Tras esta primera donación inmediatamente se produjeron otras, por parte de reyes y nobles; el proceso de extensión de los dominios de Sandoval y las tácticas de expansión y colonización seguida por los monjes todo lo cual se puede ver en detalle en Sebastián Amarilla (1991). Señala éste que el motivo estratégico y repoblador parece estar detrás de la instalación de Sandoval, ya que los cistercienses contaban con un importante potencial colonizador [Sebastián Amarilla (1991), p. 445]).
[2] Sebastián Amarilla (1991), p. 177.
[3] Véase nota nº 101, de la p. 146 en Sebastián Amarilla (1991).
[4] Según los vecinos de Villaverde de Sandoval, tal y como alegan en las reclamaciones posteriores, Pablo López únicamente compra lo anunciado en el BOPL nº 36 correspondiente al 3 de abril de 1837, “se anuncia la subasta para el 20 del mismo, de nueve prados y una huerta frutal que se dice radicar en Villaverde, pero de las dichas fincas las cuatro primeras están sitas en Mansilla Mayor, lindando con Villaverde y las seis últimas son las que propiamente radican en él, sumando una cabida de 36 fanegas, todas ellas más los quiñones de la Malatería con 49 pedazos, el quiñón de Ontanilla de 28 tierras y el de Santovenia con 6 heredades, que todos ellos radican también en Mansilla Mayor”, los cuales fueron adjudicados a Pablo López. En boletines posteriores saldrían a subasta otros 52 quiñones que componían el coto redondo de Villaverde, los cuales no está tan claro que hayan sido rematados por este mismo sujeto, dando ello lugar a una importante confusión. Por ejemplo Sebastián Amarilla (1991), p. 1.303, entiende que estos quiñones pertenecían al coto de Sandoval; sin embargo de la consulta del expediente de colonización conservado en el Archivo del IRYDA parece deducirse que estos quiñones eran arrendados al Estado por Gabriel Balbuena, quien los subarrendaba a los pueblos.
[5] Ello a pesar de que el valor de la capitalización había sido de 415.363 reales, y que Isidro Llamazares, en una reclamación posterior a la venta, ofrecía 1.200.000 reales pagaderos en un solo plazo; todos estos aspectos se encuentran detallados en Sebastián Amarilla (1991), pp. 1.302-1.303 y Aguado Cabezas (2002), pp. 223-224.
[6] AIRYDA, Colonias (Villaverde de Sandoval). Legajo 6.
[7] Y en efecto según la copia que obra en el expediente del IRA, en el tomo octavo del Ayuntamiento de Mansilla Mayor al folio 181, línea 93= Inscripción primera = está el Coto Redondo, “llamado de Villaverde de Sandoval en término del mismo con sus entradizos de la Malatería y Santovenia, que todo hace 2.106 fanegas entre tierras labrantías, praderas, pastos, río, cascajales, molino, casas, cuadras, paneras, pajares, presa para el riego, etc., etc., es decir todo el término de Villaverde con el pueblo inclusive, y como dicen los propios vecinos “debiéndole agradecer que por pudor sin duda no incluyeran a los vecinos” [AIRYDA, Colonias. Villaverde de Sandoval, Legajo 6 (25/3)].
[8] Es decir, no hubo ni expediente de dominio, ni de posesión; por tanto, la inscripción se hizo por obra y gracia de la voluntad de este familiar de Gabriel Balbuena, teniendo claramente un carácter delictivo.
[9] Relata Sebastián Amarilla (1991), p. 1.304: “El convencimiento que poseía Balbuena de ser el verdadero heredero de los monjes de Sandoval, se aprecia nítidamente en sus actuaciones al frente del aludido cabildo de regantes, distinguiéndose en sus litigios con los lugares miembros del mismo y, en especial, con Villaturiel –la tenacidad de cuyos vecinos los bernardos habían conocido sobradamente–, por el continuo recurso a la presentación de originales y copias de los documentos del extinto monasterio en defensa de sus posiciones. Así, en 1862, no dudó en llevar ante los tribunales a varios de los pueblos mancomunados por incumplir un acuerdo sobre el uso de las aguas que se remontaba a 1529; no se abstuvo de acudir a un catedrático de latín para que vertiese al castellano el privilegio original que consagraba el dominio de Sandoval sobre el tramo del Porma que gobernaba el cabildo, fechado en 1229; y, en 1870, no tuvo empacho en incluir, en un breve resumen de las características de la presa y del sistema de riego, remitido al Gobierno de León, el cual se lo había solicitado a petición del Servicio de Estadística del Ministerio de Fomento, una dura advertencia, precisando que lo hacía por deferencia, ya que ni una ni otra institución, a su juicio, poseía competencias para inmiscuirse en el control de la presa”.

Reproducido con permiso del autor. En este enlace la publicación original.

La desamortización eclesiástica en León (y iii): quien parte y bien reparte…


Pasen y vean.

¿Creían que los chanchullos, los manejos y las componendas de los políticos para ‘desplumar’ al Estado, a las instituciones públicas y la los ciudadanos, es cosa de hoy?

Pues no, en la entrada de hoy veremos los manejos de 4 sinvergüenzas para quedarse a precio de saldo con las mejores fincas del clero. Y con la entrada de hoy, cerramos el (aburrido) tema de la desamortización.

En la entrada de la semana pasada veíamos como los cotos redondos, quiñones, dehesas, montes, y grandes fincas pertenecientes a la iglesia, quedaron fuera del alcance económico de los pequeños compradores y acabaron en muy pocas manos.

Afortunadamente, en el Archivo del Marqués de Montevirgen se conserva la fluida correspondencia mantenida entre los implicados (el propio marqués, el banquero madrileño Francisco de las Bárcenas, el intermediario Regino López y el funcionario ligado a las ventas Gabriel Balbuena) en una trama para quedarse ‘a precio de saldo’ con las mejores fincas de la provincia.

Veremos cómo el marqués adquirió el Coto de Valdelaguna y la Dehesa de Maudes, pertenecientes ambos al monasterio de San Benito de Sahagún, lo cual nos da una idea de cómo la oligarquía económica y política se ‘apropió’ de estas propiedades ‘arrebatadas’ por el Estado a la Iglesia y los pueblos. Y es que, tal y como le comentaba en una carta el susodicho marqués a sus representantes, el motivo de estas compras es que eran operaciones muy lucrativas: un ‘pelotazo’ que diríamos hoy en día.

La operación estaba clara: una vez hechos los cálculos, la venta de la madera cubría el precio de la tasación. Por tanto, lo primero era pedir la tasación de las fincas y luego intentar rematarlas por ese precio, sin que nadie participase en las pujas; el negocio estaba claro: en algunos casos la madera valía más que la propia tasación de la finca. Además, una vez talado el monte, se podía arrendar a los campesinos, asegurándose un ingreso anual.

Eso fue lo que ocurrió por ejemplo con el coto de Valsemana. Con motivo del interés del Marqués de Montevirgen por esta finca, éste se puso en contacto con Gabriel Balbuena para solicitar la tasación de varias fincas. Precisamente este malnacido lo informaba por carta de cómo estaba la situación, quién había pedido la tasación, cuánto le podía producir de rentas, y otros avatares.

De esta correspondencia se sospecha que el malicioso Gabriel Balbuena –juez y parte de la desamortización ya que ostentaba el cargo de Escribano Mayor de Rentas y Arbitrios de Amortización de la Provincia de León y uno de los principales compradores de bienes nacionales en la provincia–, no sólo proporcionaba información al Marqués de Montevirgen, sino que llevó a cabo numerosas irregularidades y manejos para que éste último se hiciese con las subastas de aquellos bienes en los que estaba interesado.

Antes de seguir con el relato conviene aclarar que el notario Gabriel Balbuena, marqués consorte de Inicio, responde al perfil de arribista sin escrúpulos que utilizó su influencia desde la Contaduría de Rentas para reunir una importante fortuna y para resultar elegido sucesivamente diputado provincial y parlamentario. La Milicia Nacional de León le acusó de realizar “toda clase de amaños y prevaricaciones” entre ellas el irregular arrendamiento de diezmos y la suplantación de firmas de labradores en documentos otorgados bajo su fe de escribano.

Así, ante el interés de los vecinos de Sahagún en la compra de las tierras del Coto de Valdelaguna, un problema para el marqués, utilizando los manejos de G. Balbuena acordaron pedir la tasación de fincas sueltas para satisfacer el interés de pequeños compradores. Lo explica en una carta: “Los de Sahagún están interesados en comprar las mejores posesiones del Coto por tenerlas a la puerta de casa. Para hacerles mudar de plan combendría pedir tasación de una porción de fincas sueltas que el Monasterio de Sahagún tenía fuera del Coto, de buena calidad y que compraron los bancos en tiempo de la Constitución. Publicándose la venta de éstas, estoy por asegurar que no se acordarían del coto. Ya se lo he acabado de hacer presente al amigo D. Gabriel”.

Más adelante ante el interés de las propias oligarquías locales o el propio alcalde de Sahagún que deseaba que las fincas ni fuesen vendidas y estaba entorpeciendo la labor de la tasación del Coto de Valdelagunas–, G. Balbuena sobornó a los peritos que debían hacer la tasación. Así se lo explica al marqués en una carta: “Me han molido: unas veces no parecía el Alcalde, otras se ocultaba el Procurador y otras en fin que se reunía un Perito y faltaba el otro. Éstos estaban bien prevenidos por los magnates y si quise combertirles y reducirles a mi opinión tube que dar tres duros a cada uno de los dos, y media onza al Escribano. Estos polvos surtieron los maravillosos efectos narcóticos del opio; y desde entonces se puso el camino tan llano que no dimos un sólo tropezón. La misma marcha debe seguir o adoptar cualquiera que quiera reducir a los otros a cumplir con su deber”.

Coincidirán conmigo que el párrafo anterior no tiene desperdicio.

El caso es que sobornados el Alcalde, el Procurador, y los peritos, el camino quedaba despejado para tasación y subasta posterior. El siguiente paso era, con el apoyo de Balbuena funcionario de ventas, controlar la subasta mediante pactos con el resto de los intermediarios. Las indicaciones del Marqués eran claras: “se manejará el Comisionado de manera que se haga el remate a favor de Bárcenas, que la comprará para ceder al Marqués”, como reconoce en una nota manuscrita enviada a los intermediarios. En esa misma nota les indicaba que pujasen por las fincas hasta obtener el remate, y hacía un especial hincapié en la adquisición de grandes fincas como el Coto de Valdelaguna.

De todos modos, parece que la jugada no le salió demasiado bien y que, al final, la Dehesa de Maudes o Coto de Valdelaguna, que había sido tasada en 560.000 reales, superó los 2.000.000 de reales en la subasta al intervenir otros compradores, como Lesmes Franco, diputado nacional por el distrito de Sahagún, el cual elevó la puja hasta unos límites altos.

Bien. El caso es que gracias a estos chanchullos, el Marqués de Montevirgen adquirió numerosas fincas como cotos redondos que los pueblos venían “aforando” a los monasterios, y trató de adquirir otros como el Coto de Trianos y el Coto de Valsemana.

Al margen de los manejos delictivos para adquirir estas fincas, como ya señalamos en la entrada de la pasada semana, la Administración dio facilidades, ya que el hecho de que fuesen superficies grandes hizo que las autoridades aceptasen la venta en conjunto, sin división en lotes. El precio de estas fincas era tan alto que únicamente podían acceder a ellas las personas que dispusiesen de grandes capitales; aún así, a pesar de su alto precio global, eran precios muy ventajosos.

En fin. Hemos visto que gran parte de estas compras fueron fruto de apaños, fraudes, y otras acciones ilegales por parte de personajes ligados al Comisionado de Ventas y a la política, ya que tanto Gabriel Balbuena como el Marqués de Montevirgen estaban ligados al Partido Conservador (de hecho, este último, uno de los principales propietarios de la provincia, fue presidente de este partido en León hasta su muerte).

El resultado de todo ello fue que muchas grandes fincas del clero, antes aprovechadas colectivamente por concejos y vecinos, fueron a parar a manos de particulares; especuladores y sinvergüenzas en la mayoría de los casos. Creo que no hace falta explicar mucho más: cada uno saque sus propias conclusiones.

Ya les adelanto que volveremos a tratar de Gabriel Balbuena, porque este tipejo aprovechando una ocasión en que un familiar estaba de Registrador interino en el Registro de la Propiedad inscribió el Coto de Villaverde de Sandoval a su nombre, ‘robándoselo’ al Estado y al pueblo de Villaverde lo cual desembocó en un importante conflicto como pueden ver en esta otra entrada.

La desamortización eclesiástica en León (i): una privatización encubierta de comunales.


 

A principios del siglo XIX, 1/3 de la superficie agraria de la provincia de León era propiedad de grandes monasterios y otras instituciones eclesiásticas (cofradías, hospitales, hospicios, casa de misericordia, etc).

Este inmenso patrimonio rústico, fruto de donaciones reales, herencias o legados de particulares, era la llamada propiedad en «manos muertas» que no se podía vender ni ceder ni transferir al quedar así establecido por voluntad expresa de quien las había donado.

La mayor parte de estas propiedades eran arrendadas a particulares y también a concejos; es decir, había montes, cotos redondos o quiñones que eran arrendados al concejo de vecinos que los explotaba como si fuesen comunales (es decir, eran gestionados de acuerdo a normas consuetudinarias siendo la vecindad el criterio que daba derecho a estos aprovechamientos). Además, otro aspecto muy importante es que, al contrario de lo que pudiera pensarse, los concejos habían conseguido un acceso seguro a utilizar estas propiedades pagando un precio más que razonable.

Como dijimos, a principios del siglo XIX un alto porcentaje de la superficie agraria en España era de la Iglesia. Era un patrimonio apetecible, especialmente para un Estado altamente endeudado y en guerra con los carlistas. Por esta razón, no es extraño que en 1836, el primer ministro Juan Álvarez Mendizábal suprimiese las órdenes religiosas e incautara sus bienes.

La idea era poner estas propiedades en el mercado y de esta manera matar varios pájaros de un tiro: obtener fondos para el Estado y atraer a la causa liberal a los compradores de estas tierras (como veremos en otra entrada del blog, en León unos pocos compradores se quedaron a precio de saldo con las mejores tierras, utilizando además todo tipo de chanchullos).

Bien. Como es lógico, también fueron vendidas las tierras que eran arrendadas a los concejos y que eran aprovechadas colectivamente, por lo que los pueblos se habrían visto privados de espacios comunales que venían explotando.

Por lo general, estas grandes propiedades de la Iglesia arrendadas a los concejos fueron compradas por particulares, ya que no fueron subdivididas en lotes y su compra exigía un fuerte desembolso económico.

Como es lógico, este cambio de propietario tuvo importantes consecuencias. Aunque, hubo quien siguió arrendando estas heredades a los concejos, en otros casos no ocurrió así. Por un lado, hubo compradores que pasaron a cultivar la tierra directamente «expulsando» a los concejos arrendatarios y a las comunidades vecinales que habían venido trabajando estas tierras; así ocurrió por ejemplo con el Coto de Trianos (aprox. 360 hectáreas) que pasó a ser explotado directamente por los nuevos dueños.

Por otro lado, hubo quienes optaron por arrendar estas tierras a particulares, no al concejo. La novedad es que, al tratarse de un contrato de particular a particular, el dueño de la finca decidía a quién arrendaba su propiedad y a quién no. Vaya, que el cacique de turno tenía un instrumento más para comprar votos y voluntades.

El hecho cierto es que a partir de la desamortización eclesiástica, bienes que se podían considerar como “comunales” perdieron tal carácter. A partir de ese momento, el hecho de ser vecino –esto es, portador de unos derechos y obligaciones con respecto a la comunidad, así como el criterio básico que daba el derecho a su explotación– ya no contaba, y el nuevo propietario de las fincas podía hacer con ellas lo que le viniese en gana.

No obstante, no siempre fue así. En ocasiones, los concejos de vecinos adquirieron estas tierras directamente al Estado a través de intermediarios o a los propios compradores, pagando los vecinos el importe a escote. ¡Ojo al dato! porque algunos de los comunales y montes incluidos en los Catálogos de montes públicos fueron comprados por los vecinos de los pueblos (ya habrá ocasión de volver sobre este tema). Este fue el caso, por ejemplo, de Villaviciosa de la Ribera que cuando salió a subasta el Coto de Palazuelo, perteneciente a las monjas de Carrizo, se movilizaron para comprarlo.

En fin. Continuará…

[1] El Estado, a través de las Juntas provinciales, arrendaba mediante subasta estos bienes hasta que eran vendidos; la alta cuantía de los arrendamientos hacía que la burguesía los rematase y los arrendase a los pueblos, como ocurría con los algunos bienes del Monasterio de Sandoval arrendado por Gabriel Balbuena que los subarrendaba a los vecinos de Villaverde (y que más tarde terminaría inscribiendo en el Registro de la Propiedad como bienes propios, dando lugar a un largo litigio, que veremos en detalle…)

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