Montes y colonias agrícolas en la provincia de León


Un poco de historia de las colonias agrícolas en la provincia de León… o cómo el Estado en el primer tercio del siglo XX ponía ‘parches’ a los problemas del campo y a los ‘desastres’ causados por las desamortizaciones del siglo XIX…

Eludiendo la “cuestión social”: roturaciones arbitrarias y otras medidas paliativas.

Al margen de algunas disposiciones legislativas como por ejemplo la Real orden de 15 de septiembre de 1914, mediante la cual se dictaban providencias conducentes al aumento de la producción agrícola que afectaban a los comunales, la decisión más importante fue la puesta en marcha de las Colonias Agrícolas, cuyos antecedentes era la Ley de Colonias Agrícolas de 1855 y la de 1868, que ponía a disposición de particulares tierras marginales que se saldó con escaso éxito[250]. Hubo un segundo momento colonizador llegado por la Ley de Colonización y Repoblación Interior de 30 de agosto de 1907, y el Reglamento para su aplicación de 23 de octubre de 1908, cuyo objeto era “arraigar en la Nación a las familias desprovistas de medios de trabajo o de capital para subvenir a las necesidades de la vida, disminuir la emigración, poblar el campo y cultivar tierras incultas o deficientemente explotadas mediante el reparto de las públicas entre familias de labradores pobres[251]. Para ello, como se reconocía en los capítulos 2º y 3º, esta ley se podría aplicar a los montes del Estado declarados enajenables, los bienes de los Ayuntamientos que no estuviesen catalogados como de utilidad pública, parcelas de terreno de aprovechamiento comunal, y bienes de los pueblos que estuviesen pendientes de venta en el Ministerio de Hacienda.

Unos años más adelante se pretendió impulsar de nuevo la colonización, y mediante el R.D. de 9 de septiembre de 1915, se aprobaba el reglamento por el que había de ajustarse la “Concesión de terrenos enajenables del Estado, baldíos e incultos para colonizarlos[252]. Aunque estas medidas no llegaron a materializarse en la provincia de León, la Junta de Colonización y Repoblación Interior examinado un informe enviado por el Ingeniero de montes estableció una serie de montes con condiciones para ser colonizados [Cuadro 4.16].

Lo destacable es que alguno de estos montes como «Río Camba» o la «Dehesa de Trasconejo» habían estado en el centro de otras medidas de carácter social; así, el primero de ellos, ocupaba 2.779,20 hectáreas y pertenecía al pueblo de Cea, aunque estaba a 20 kilómetros de la localidad, lo cual dificultaba el aprovechamiento directo de los pastos y la leña por parte de los vecinos. Calificado como enajenable y, por tanto, dependiente de Hacienda, no llegó a venderse, y en 1925 pasó de nuevo a depender de la entidad propietaria de Cea. Más adelante, en 1928, el Estado se planteó su adquisición, ya que un año antes, 2/3 de los vecinos habían votado a favor de su enajenación, ofreciéndolo al Estado. En 1931, 53 vecinos de Cea solicitaron que fuese incluido en el Catálogo de montes de Utilidad Pública y no fuese vendido, por lo que la Administración, mediante la R.O. de 18 de marzo de 1931, dejó en suspenso por tiempo indefinido la adquisición por el Estado, aunque también se desestimó su inclusión en el Catálogo[253]. Otro ejemplo era la «Dehesa de Trasconejo» de Valderas, cuya roturación y reparto fue reclamada en sucesivas ocasiones por los vecinos de Valderas. Una de estas ocasiones fue febrero de 1925, cuando los vecinos en un escrito dirigido al Ayuntamiento de dicha villa solicitaban que la Dehesa destinada para pastos “rindiendo poco para dicho fin y en cambio pudiendo producir en abundancia cereales y leguminosas” les fuese cedida en arrendamiento, dejando para dehesa boyal y pastos la parte de la misma que se considerase conveniente[254]. Haciéndose cargo de estas peticiones, el Alcalde municipal solicitaría la roturación indicando que se pretendía una cesión temporal y no la enajenación de estas tierras[255].

De todos modos, como se ve en el Cuadro 4.16, en León únicamente se proponía colonizar menos de 10.000 hectáreas, las cuales según el informe del vocal iban a proporcionar un beneficio inmenso a la provincia[256], si bien uno de los problemas que presentaba la colonización es que estos montes producían importantes rentas a los pueblos, y de los cuales se verían privados. Con el Gobierno de Primo de Rivera, a través de dos Decretos –RD de 7 de enero de 1927 y RD-Ley de 9 de marzo de 1928– se dio una nueva orientación a la política colonizadora. Si bien estos decretos no tuvieron gran vigencia, su importancia y valor normativo, se refleja en el hecho que fuesen aprobados con rango de Ley por las Cortes constituyentes de la II República (9 de septiembre de 1931), aunque se abandonarían al presentarse el proyecto de Ley de Reforma Agraria[257].

En paralelo a la colonización de montes «públicos», la Junta de Colonización y Repoblación Interior proponía montes particulares para la colonización [Cuadro 4.17]. Lo más curioso del listado es que algunos de estos montes, privatizados con la desamortización, habían sido “comunales” en el siglo XIX, es decir, con la colonización se estaba afrontando de forma tímida la recuperación de los patrimonios vendidos de los pueblos. A pesar de las varias solicitudes, en la provincia de León únicamente se establecieron 2 colonias: Carracedo y Villaverde de Sandoval, teniendo ambas un carácter excepcional, como luego veremos.

Respecto de la primera de ellas –Carracedo–, esta Colonia nació de la solicitud de los vecinos de Carracedo dirigida a la Junta Central de Colonización y Repoblación Interior, siendo aprobado el expediente en 1912. Esta colonia que tenía una extensión ligeramente superior a las 200 hectáreas, fue fundada en un monte del Estado el cual procedía de los bienes nacionalizados a la Colegiata de Villafranca. Esta extensión fue dividida en dos partes; una de ellas 188,75 hectáreas dividida en lotes y entregada a cada colono para explotación individual, y la otra de algo más de 15 hectáreas dedicada al aprovechamiento comunal, aparte de los terrenos dedicados a campo de experimentación, o viviendas[258]. En lo que a nuestro interés concierne, parece que los pueblos comarcanos se opusieron al establecimiento de la Colonia, ya que no querían perder los derechos de pasto en la dehesa, aunque finalmente se ofrecieron 4.000 pesetas a cada uno de los pueblos, que con el expediente de expropiación forzosa quedó reducido a 1.300 pesetas, que incluso Narayola se negó a aceptar[259]. En todo caso, al igual que había ocurrido con otros montes bercianos durante el siglo XIX, la mayor parte del terreno se destinó al cultivo de viñedo.

La otra colonia fue la de Villaverde de Sandoval que…

…veremos en dos nuevas entradas ya que, como podrán comprobar, es verdaderamente fascinante… 

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[250] Mangas Navas (1984), pp. 278-279. Como esquema general, véase Paniagua Mazorra (1992).
[251] Alcubilla (1907), pp. 345 y ss.
[252] Alcubilla (1915), p. 492.
[253] ADGMN, Servicio de Bienes y Patrimonio Forestal, Caja León (3). “Solicitud de los vecinos de Cea”
[254] AGA, Agricultura. Legajo 12.653. “Solicitud de los vecinos de Valderas”.
[255]1º. Que este Ayuntamiento, ni los vecinos quieren de ninguna manera la cesión con arreglo al R.D. de 1º de Diciembre de 1923, o sea que este expediente se tramite por el Ministerio de Hacienda, sino por el de Fomento, es decir, que no quieren la cesión en propiedad individual, sino la cesión para el cultivo agrícola por un período mayor o menor de tiempo, que a ser posible desearíamos no fuese menor de catorce años, a fin de que de este modo se evite la venta de las parcelas que a cada cual pudiera corresponder, es decir que la administración del predio siga como hasta aquí, bajo la inspección del Ministerio de Fomento y el Ayuntamiento propietario que de ninguna manera quiere ceder sus derechos a particulares y que por tanto este cultivo se considere como un aprovechamiento forestal que haya de consignarse anualmente en los planes de aprovechamiento forestal, mediante el canon que la Admón. crea oportuno señalar (…)” [AGA, Agricultura, Legajo 12.653. Expedientes sueltos].
[256] Según sus palabras, “además de hallar nuevos medios de vida y porvenir seguro, más de 800 familias de colonos que representan más de 4.000 personas, la riqueza creada por ellos, el ejemplo dado por el sistema de cooperación, la instrucción agrícola que se difundirá desde dichas colonias, los auxilios que ellas mismas podrán prestar en la localidad, por sus viveros y campos de experimentación, en fin lo que representa la construcción de ellas mismas, son una suma de ventajas físicas, morales y económicas, tan grandes, que la Provincia de León recibiría un impulso que se dejaría notar con empuje formidable, en la vida interior y de relación de la Provincia” [AIRYDA, Junta Central de Colonización y Repoblación Interior. Legajo 16b, “Información sobre el antiguo Reino de León, 1915”].
[257] Mangas Navas (1984), p. 288. Durante la Dictadura se articularon diversas medidas de un claro contenido social como la Junta y la Dirección General de Acción Social Agraria constituida en 1926 o el Decreto-Ley de Parcelaciones de 7 de enero de 1927 se trataba de satisfacer el “hambre de tierra” del campesinado a través del reparto, en pequeños lotes, de las grandes fincas de cada localidad –incluso mediante el rescate y creación de bienes comunales–; por medio de este decreto se autorizaba a esta Dirección General recién creada a parcelar fincas adquiridas, bien por expropiación de las mismas o por compraventa voluntaria [Mangas Navas (1984), p. 255].
[258] Véase AIRYDA. Colonias. Carracedo. Legajo 25/3 (3). “Memoria explicativa”; en cuanto a los lotes individuales, cuarenta y cinco en total, cada uno constaba de 3 hectáreas para cultivos herbáceos y 0,75 hectáreas plantadas de viñedo.
[259] AIRYDA, Junta Central de Colonización y Repoblación Interior. Legajo 16b, “Información sobre el antiguo Reino de León, 1915”.

Reproducido con permiso del autor. Haciendo click en este enlace encontrarán el resto del capítulo.

¿Qué esconde la alcaldesa de Valderas?


El rotoEn los últimos días, la alcaldesa de la localidad leonesa de Valderas ha aparecido en varios medios de comunicación (aquí y aquí la prueba) quejándose amargamente de la deuda del Ayuntamiento.

La primera pregunta que surge es quién le mandó meterse en esos berenjenales. Es curioso, que siempre haya un personaje que se meta a arreglar las cosas, cuando éstas no tienen arreglo. En este sentido me viene a la cabeza la pintada aquella de una pared en Salamanca: alguien había escrito ¡Arriba España! y debajo otro, sin duda más inteligente, puso: «El que la tiró que la levante». Pues eso, el que lo jodió que lo arregle.

Bien, volviendo al tema. Con pelos y señales la alcaldesa ha detallado que le llegan cuentas de ‘cigalas y langostinos’, un ‘somier y una cama’… y que tendrá que rebajar sueldos, que la situación es muy complicada, que bla, bla, blá.

Bien. Imagino que conocen la historia y de dónde viene esa deuda. En los años de bonanza, la corporación municipal presidida por el controvertido Eloy José Rubio de Lamo convirtió a Valderas en uno de los Ayuntamientos más endeudados de España. Se dice bien y no vamos a dar más detalles ya que con cualquier búsqueda en Google obtendrán todos los detalles del tema y del personaje.

De todas maneras, y aunque nadie duda de que la situación es un desastre, a mi me da que la actual alcaldesa esconde algo. Quizás esté preparando el terreno… o preparando a sus convecinos para que acepten ‘malvender’ propiedades comunales, como la Dehesa de Trasconejo.

Explotada por unos 70 vecinos del pueblo, la ‘brillante’ idea de la alcaldesa es ‘arrendarla’ por un período mínimo de 50 años para saldar una deuda de 800.000 euros; curiosamente el arrendatario sería un ‘señorito’ madrileño, dueño a su vez del monte del marqués, que a precio de saldo se queda con el pueblo entero de Valderas.

Dice la alcaldesa que se trataría de una  una ‘concesión administrativa’, y que la persona adjudicataria ‘no adquirirá ningún derecho sobre el mismo’. Como si 75 años no fuese nada; y eso que no venga alguien después y la acabe vendiendo. Teniendo en cuenta que lo obtenido del arriendo de la Dehesa no cubre ni una cuarta parte de la deuda total del Ayuntamiento (más de 4 millones de euros), quien firma que esto del arriendo no es un primer paso, para preparar la gente, y que después se acabe vendiendo.

Afortunadamente la presión vecinal ha conseguido parar momentáneamente este expolio pero, como les decía, vistos los llantos y quejas de la alcaldesa, quizás quiera volver a la carga con esta medida. Surgen muchas preguntas al respecto: ¿para pagar facturas de langostinos, es necesario ‘arruinar’ a varias generaciones del pueblo? ¿por qué todo este derroche del ayuntamiento lo tienen que pagar los agricultores y ganaderos del pueblo? ¿por qué este interés de la alcaldesa ‘desprenderse’ de la Dehesa? ¿tiene ya preparada su ‘puerta giratoria’ para cuando acabe el mandato? ¿la alcaldesa, está al servicio del pueblo o del cacique madrileño que quiere quedarse con las propiedades del pueblo de Valderas?… En fin. Ella sabrá por qué lo hace.

La Dehesa Trasconejo fue siempre un comunal conflictivo, como mostramos en esta entrada, pero si la alcaldesa se sale con la suya, quizás pase a ser historia puesto que habrá desaparecido. La alcaldesa también pasará a la historia por ser la persona que ‘malvendió’ el comunal de Valderas, una propiedad de los vecinos que durante siglos ‘quitó mucha hambre’ y ‘proporcionó mucha riqueza’ al pueblo.

¿Tienes algo que decir al respecto? Te invito a hacerlo en los comentarios.

 

Comunales en 1931 #2. Valderas: un comunal conflictivo en Tierra de Campos


Para aquellos que tengan interés, en este enlace encontrarán la respuesta enviada en 1931 por el Ayuntamiento de Valderas al Ministerio de la Gobernación sobre los bienes comunales existentes en el municipio.

Aunque en una entrada anterior ya detallamos cómo el reparto y roturación de la Dehesa fue un asunto conflictivo en los años previos a la Guerra Civil, a riesgo de ser un poco pesados, hay varias ‘cosinas’ a destacar de la respuesta proporcionada por el Ayuntamiento.

En primer lugar destaca la extensa superficie de comunales en el sur de la provincia, en un municipio como Valderas situado en Tierra de Campos; de nuevo se demuestra que la existencia o no de comunales depende más de la organización social y económica que no de la geografía.

Otro aspecto llamativo es que, como se puede comprobar en el Archivo Municipal de la villa, la Dehesa Trasconejo hasta 1925 tuvo un uso ganadero; anualmente era arrendada a ganaderos de la localidad que pagaban una importante cantidad al Ayuntamiento.

En este sentido, aunque era un bien comunal su uso estaba ‘privatizado’ ya que la mayoría de vecinos de Valderas quedaba excluido de los aprovechamientos; únicamente podían acceder a los disfrutes de la Dehesa quienes tuviesen ganados y dinero.

Como puede intuir el lector avispado, aquí reside una de las claves de que no se privatizase con la desamortización de Madoz (cabe recordar que con motivo de la Guerra de la Independencia ya habían sido vendidas numerosas diversas fincas comunales); es decir, no se privatizó porque los que sacaban partido de la Dehesa eran los «cuatro ricos» -que además controlaban el Ayuntamiento- y para seguir utilizándola no era necesario comprarla.

Por otra parte, ahí está la clave también de los conflictos habidos por el uso de la Dehesa. Mientras que el vecindario abogaba por la roturación y reparto en quiñones entre los vecinos, el Ayuntamiento prefería seguir arrendándolo a los ganaderos; de hecho, a pesar de todas las presiones la Dehesa se siguió arrendando hasta 1925. Ese año los vecinos en un escrito dirigido al Ayuntamiento de dicha villa solicitaban que la Dehesa destinada para pastos “rindiendo poco para dicho fin y en cambio pudiendo producir en abundancia cereales y leguminosas” les fuese cedida en arrendamiento, dejando para dehesa boyal y pastos la parte de la misma que se considerase conveniente.

Haciéndose cargo de estas peticiones, finalmente el Alcalde municipal solicitó la roturación remarcando que se pretendía una cesión temporal y no la enajenación de estas tierras. Ya en 1915, en un informe sobre colonias, la Junta Central de Colonización y Repoblación Interior, notaba que en los últimos 5 años habían emigrado más de 300 familias de Valderas, a pesar de que la construcción del ferrocarril de Palanquinos a Medina de Rioseco había frenado la sangría emigratoria, y proponía que la Dehesa fuese colonizada (sometida a cultivo).

Finalmente en 1926 es autorizada la roturación, habiendo 444 adjudicatarios de las parcelas, aunque muchos vecinos de Valderas quedaron fuera del reparto. Por esta razón, de nuevo durante la II República, al acceder al poder los partidos obreros, fueron puestas en marcha nuevas roturaciones que beneficiaron a 713 vecinos, aunque ello creó importantes enfrentamientos dentro de la comunidad… pero eso ya es otra historia.

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Los comunales y la Guerra Civil en León


El período más vergonzoso de nuestra historia contemporánea es sin duda alguna la Guerra Civil (1936-1939). A pesar de todo lo que se ha escrito sobre el tema, aún quedan temas por abordar; uno de ellos es la conflictividad originada al interior de los pueblos por la disputa de los recursos, y concretamente por los comunales.

A pesar que en la provincia de León la superficie de comunales vendida con la desamortización de Madoz fue mínima, en la primeras décadas del siglo XX el campesinado sufría un empobrecimiento generalizado. Además la población no dejaba de crecer. Las salidas eran complicadas; una era la emigración y otra la puesta en cultivo de nuevas tierras.

Así, por una parte muchos leoneses optaron por irse a Cuba y Argentina. Por otra, desde los sectores más pobres del campesinado se pedía el reparto de tierras; es decir, se pedía la roturación del monte, o que fuesen repartidos nuevos quiñones, especialmente en aquellos municipios donde únicamente accedían a los quiñones los vecinos más antiguos.

Ambas soluciones eran complicadas; para emigrar hacia falta dinero, y las roturaciones, prohibidas por la administración forestal, mermaban el espacio de pasto de los ganados, por lo que había vecinos que estaban en contra.

El caso es que hasta la llegada de la II República Española, ningún gobierno se atrevió a abordar la ‘cuestión social’ en el campo, como era llamada la problemática asociada a la generalización de la pobreza rural.

Para paliar la desastrosa situación del campesinado, durante el período republicano fueron autorizadas roturaciones en los montes de utilidad pública, se abolieron prestaciones señoriales que pagaban los pueblos (como el foro de Villamor de Riello) y  se aprobó la Ley de Bases de Reforma Agraria. Esta ley contemplaba el reparto de los grandes latifundios entre el campesinado, pero también medidas que afectaban a la provincia de León como el ‘rescate’ de comunales privatizados o usurpados en el siglo XIX (habrá una próxima entrada sobre este tema).

El caso es que los ‘repartos’ y las roturaciones en los comunales crearon mucha tensión y disputas al interior de los pueblos. Un ejemplo de ello fue lo ocurrido en Valderas. Allí, hacia 1915 según un informe de Junta Central de Colonización y Repoblación Interior, en el último quinquenio habían emigrado más de 300 familias, a pesar de que la construcción del ferrocarril de Palanquinos a Medina de Rioseco había frenado un poco la sangría emigratoria.

Sin embargo la villa poseía una extensa finca comunal, la «Dehesa de Trasconejos», aprovechada por los ganaderos, cuya roturación y reparto había sido solicitada reiteradamente por los vecinos; por ejemplo en febrero de 1925, los vecinos, en un escrito dirigido al Ayuntamiento, solicitaban que la Dehesa destinada para pastos “rindiendo poco para dicho fin y en cambio pudiendo producir en abundancia cereales y leguminosas” les fuese cedida en arrendamiento, dejando para dehesa boyal y pastos una parte de la misma.

Recogiendo estas peticiones, el Alcalde solicitó la roturación, indicando que se trataba de una cesión temporal, siendo autorizada en 1926 la adjudicación de 444 parcelas. Diez años más tarde, en 1936, el problema persistía y el gobierno municipal republicano autorizó una nueva roturación y reparto que benefició a 713 personas.

Esta disputa por el uso de los comunales se dio en numerosas localidades, tal y como se puede comprobar en la documentación del Instituto de Reforma Agraria (IRA). Aunque no es lugar aquí de valorar las medidas republicanas, se advierte que estas medidas crearon tensión en muchos pueblos ya que además se utilizó la política de hechos forzados como roturar y repartir tierras comunales sin los permisos pertinentes y esperando que el IRA lo legitimase.

En cierta manera el consenso que había habido entre los distintos grupos sociales en defensa del comunal durante el siglo XIX se rompió: detrás de esta disputa por los comunales también había un enfrentamiento político y social. Por primera vez en mucho tiempo, el pequeño campesinado tenía poder decisorio. Es posible que estas medidas molestasen a los ‘cuatro ricos’ que hacían y deshacían y utilizaban los comunales a su antojo; es posible también que estas medidas alimentasen los miedos de una mayoría de vecinos que dependían de los comunales y temían que fuesen repartidos.

En los años previos a la contienda fratricida, la violencia ya estaba presente en muchos pueblos, y la disputa por el comunal agudizó el enfrentamiento entre sectores sociales. Aunque se desconoce bastante del impacto de la Guerra Civil en las zonas rurales de la provincia, se constata que en León los más pudientes y buena parte del campesinado apoyaron a los militares insurrectos.

Se intuye también que muchos de los represaliados en la provincia fueron obreros del campo –ni siquiera militantes de partidos de izquierda– que habían apoyado las medidas de los gobiernos republicanos.

No es casualidad que en Valderas, donde había habido los conflictos en torno a la dehesa comunal los primeros días del alzamiento se detuviese por lo menos a 178 personas y fuesen asesinadas 79 vecinos/as con filiación en Valderas, tal como estudiaron Sol Gómez Arteaga y Miguel García Bañales. 72 personas y hubiese 117 desaparecidos víctimas de la guerra, como se recoge en esta noticia del Diario de León. Pero esa es otra historia que alguien tendrá que escribir…

El señor de la foto es Benito Pamparacuatro. Si no lo conocen, les aconsejo que busquen información sobre él…

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