Unas notas sobre la historia del lúpulo en León (3/3)


La entrada en 1986 en la Comunidad Económica Europea supuso una debacle para la provincia de León y los productores de lúpulo, al ser una producción excedentaria, fueron otro de los colectivos damnificados. Se dieron ayudas para el arranque de plantas, el barbecho temporal y la reconversión varietal. El resultado de todas esas medidas fue que de 1.950 hectáreas cultivadas en 1985 se pasó a menos de 500 en 2010. No vale la pena entrar en detalles. Se dice bien: la superficie cultivada de lúpulo en León se redujo en más de un 75%. Precisamente, en 2010 cuando la superficie alcanzaba mínimos, la Unión Europea comenzó de nuevo a subvencionar nuevas plantaciones de lúpulo. 

Con todos esos avatares el lúpulo dejó de ser el cultivo seguro de antaño. El broche llegó en 2015 cuando la multinacional Hopsteiner adquirió el 80 por ciento del capital de la SAE de Fomento del Lúpulo abriéndose una nueva etapa para el sector…

Hasta aquí llega la historia del lúpulo en León, aunque hay detrás hay otras historias más personales que también merecerían ser contadas. Podríamos escribir la historia de miles de familias, como la mía, que éramos cultivadores. Seguramente que cada una de estas historias tienen su amargor, como el propio sabor del lúpulo, pero también su dulzura como el aroma de las flores de esta planta.

Les podría contar de cuando en primavera salíamos de la escuela y al llegar a casa, encima de la mesa de la cocina, encontrábamos una nota de mi madre que decía “Estamos en el lúpulo”. Ya sabíamos lo que había que hacer: salir raudos hacia la tierra a ararlo, cavarlo, abonarlo, repelarlo, ponerlo a trepar… Les podría detallar los mil y un cuidados que requería. Prácticamente cada día requería una labor nueva. Les podría contar de la dureza de aquellos trabajos, especialmente el riego, pero también de aquellas hermosas y estrelladas noches de verano durmiendo al lado de la tierra vigilando para que las balsas no reventasen.

Recuerdo también con nostalgia los días de la ‘pela el’uplo’ (recolección del lúpulo), a primeros de septiembre. Niños y mujeres pasaban el día en la tierra depositando los conos (flores maduras), en cestos y ‘sacas’ que, al final de la jornada, eran pesadas y anotadas en una libreta. Eran días alegres. No puedo evitar emocionarme recordando a muchas personas que ya no están y que se volcaban a ayudarnos en los momentos críticos, y particularmente en esos días intensos de la cosecha.

Me vienen a la cabeza aquellas noches frías cuidando del secadero, durmiendo al lado de la caldera vigilando que se mantuviese la temperatura. Uno no se olvida nunca del dulce aroma de aquellas noches.

¿Cómo no acordarse también de la celebración del ramo? ¿Qué les podría contar? Ese día se pagaba a los peladores y se hacía una cena con todos los que, de alguna manera, habían ayudado. Por supuesto que también recuerdo el día en el que se entregaba el lúpulo en la factoría. El pesaje, la medición de la humedad, los montones de lúpulo, las tolvas… Y me reconozco en mi hijo, observando todo con unos ojos abiertos como platos y tratando de entender cómo funcionaba aquello.

Y, ¿cómo, no? También me identifico con mi padre y con mi madre. Les podría contar la historia de mi padre, pionero en el cultivo del lúpulo, que lo entendía mejor que nadie y que, año tras año, podía presumir de tener la mejor cosecha. O la historia de mi madre que en la época de la recogida se multiplicaba por diez y además de ir a la tierra se encargaba de prepararlo todo: la comida, la ropa, atender los animales…

Y es que detrás de los números y estadísticas, en toda HISTORIA hay personas detrás…
La foto que acompaña el texto es de Susana Cámara, creo…

Más embalses en el Órbigo


Se publicó hace un tiempo que se van a construir otros dos nuevos embalses en el río Órbigo cercanos a Carrizo de la Ribera. Como los leoneses somos algo “dejaos”, tal vez pocas personas, excepción hecha de los propietarios, que se verán afectados por perder sus tierras, ¡cabe suponer! tal vez la noticia nos haya dejado impasibles – la indolencia de León ya es proverbial seña de identidad fuera de nuestras fronteras–. Sin embargo quizá sería bueno hacer no pocas consideraciones al respecto, preguntas todas que, sólo en León se deberían responder.

Veamos: ¿Son realmente necesarios estos embalses? ¿No habíamos quedado que con el nuevo sistema de riego con hidrantes, el ahorro de agua iba a ser espectacular? ¿No hay suficiente agua del Órbigo con los embalses existentes y el caudal habitual? ¿Las zonas limítrofes con el área de irrigación del agua del Esla, por ejemplo, no pueden subvenir el déficit hídrico cuando hay agua de riego para provincias vecinas? ¿Serán los últimos embalses o seguiremos anegando más valles para incrementar las reservas hídricas? ¿No estaremos sobredimensionando el número de presas y embalses en la provincia de León? ¿Cual será el rendimiento que va a tener esta provincia con la continua política de inundar territorio y más territorio? ¿Desaparecerá para siempre la amenaza de sepultar el valle del Omaña bajo las aguas? ¿Que organismo y que repercusión sobre las arcas leonesas (puestos de trabajo, lugar de tributación fiscal, I.V.A. etc) tendrá la gestión de dichos embalses? ¿No sería más que aconsejable que el escarnio de Riaño fuera el postrero episodio de embalsamientos en León? ¿Se ha consultado con la ciudadanía y se han dado las explicaciones pertinentes o como siempre se hace todo por el democrático modo de ordeno, mando y hago saber? ¿ Recordando Lemoniz o Itoiz, se atreverían con la misma alegría sus promotores si ambos embalses hubieran de construírse trescientos kilómetros más al Este? ¿Son las necesidades más apremiantes de esta cuenca fluvial? ¿Merece la pena hacer desaparecer para siempre estas zonas?

Cuestiones todas, se entiende, que merecerían cumplida respuesta. Y por último la más inquietante de todas las preguntas ¿Este asunto preocupa a alguien en León? Porque tal vez sea ocioso plantearse las demás, soslayando así ejercicios de elucubración, y cargos de conciencia, si la respuesta de la ciudadanía a ésta última pregunta es…

“A NADIE”

 

Urbicum Fluminem, junio de 2018

Montes y colonias agrícolas en la provincia de León


Un poco de historia de las colonias agrícolas en la provincia de León… o cómo el Estado en el primer tercio del siglo XX ponía ‘parches’ a los problemas del campo y a los ‘desastres’ causados por las desamortizaciones del siglo XIX…

Eludiendo la “cuestión social”: roturaciones arbitrarias y otras medidas paliativas.

Al margen de algunas disposiciones legislativas como por ejemplo la Real orden de 15 de septiembre de 1914, mediante la cual se dictaban providencias conducentes al aumento de la producción agrícola que afectaban a los comunales, la decisión más importante fue la puesta en marcha de las Colonias Agrícolas, cuyos antecedentes era la Ley de Colonias Agrícolas de 1855 y la de 1868, que ponía a disposición de particulares tierras marginales que se saldó con escaso éxito[250]. Hubo un segundo momento colonizador llegado por la Ley de Colonización y Repoblación Interior de 30 de agosto de 1907, y el Reglamento para su aplicación de 23 de octubre de 1908, cuyo objeto era “arraigar en la Nación a las familias desprovistas de medios de trabajo o de capital para subvenir a las necesidades de la vida, disminuir la emigración, poblar el campo y cultivar tierras incultas o deficientemente explotadas mediante el reparto de las públicas entre familias de labradores pobres[251]. Para ello, como se reconocía en los capítulos 2º y 3º, esta ley se podría aplicar a los montes del Estado declarados enajenables, los bienes de los Ayuntamientos que no estuviesen catalogados como de utilidad pública, parcelas de terreno de aprovechamiento comunal, y bienes de los pueblos que estuviesen pendientes de venta en el Ministerio de Hacienda.

Unos años más adelante se pretendió impulsar de nuevo la colonización, y mediante el R.D. de 9 de septiembre de 1915, se aprobaba el reglamento por el que había de ajustarse la “Concesión de terrenos enajenables del Estado, baldíos e incultos para colonizarlos[252]. Aunque estas medidas no llegaron a materializarse en la provincia de León, la Junta de Colonización y Repoblación Interior examinado un informe enviado por el Ingeniero de montes estableció una serie de montes con condiciones para ser colonizados [Cuadro 4.16].

Lo destacable es que alguno de estos montes como «Río Camba» o la «Dehesa de Trasconejo» habían estado en el centro de otras medidas de carácter social; así, el primero de ellos, ocupaba 2.779,20 hectáreas y pertenecía al pueblo de Cea, aunque estaba a 20 kilómetros de la localidad, lo cual dificultaba el aprovechamiento directo de los pastos y la leña por parte de los vecinos. Calificado como enajenable y, por tanto, dependiente de Hacienda, no llegó a venderse, y en 1925 pasó de nuevo a depender de la entidad propietaria de Cea. Más adelante, en 1928, el Estado se planteó su adquisición, ya que un año antes, 2/3 de los vecinos habían votado a favor de su enajenación, ofreciéndolo al Estado. En 1931, 53 vecinos de Cea solicitaron que fuese incluido en el Catálogo de montes de Utilidad Pública y no fuese vendido, por lo que la Administración, mediante la R.O. de 18 de marzo de 1931, dejó en suspenso por tiempo indefinido la adquisición por el Estado, aunque también se desestimó su inclusión en el Catálogo[253]. Otro ejemplo era la «Dehesa de Trasconejo» de Valderas, cuya roturación y reparto fue reclamada en sucesivas ocasiones por los vecinos de Valderas. Una de estas ocasiones fue febrero de 1925, cuando los vecinos en un escrito dirigido al Ayuntamiento de dicha villa solicitaban que la Dehesa destinada para pastos “rindiendo poco para dicho fin y en cambio pudiendo producir en abundancia cereales y leguminosas” les fuese cedida en arrendamiento, dejando para dehesa boyal y pastos la parte de la misma que se considerase conveniente[254]. Haciéndose cargo de estas peticiones, el Alcalde municipal solicitaría la roturación indicando que se pretendía una cesión temporal y no la enajenación de estas tierras[255].

De todos modos, como se ve en el Cuadro 4.16, en León únicamente se proponía colonizar menos de 10.000 hectáreas, las cuales según el informe del vocal iban a proporcionar un beneficio inmenso a la provincia[256], si bien uno de los problemas que presentaba la colonización es que estos montes producían importantes rentas a los pueblos, y de los cuales se verían privados. Con el Gobierno de Primo de Rivera, a través de dos Decretos –RD de 7 de enero de 1927 y RD-Ley de 9 de marzo de 1928– se dio una nueva orientación a la política colonizadora. Si bien estos decretos no tuvieron gran vigencia, su importancia y valor normativo, se refleja en el hecho que fuesen aprobados con rango de Ley por las Cortes constituyentes de la II República (9 de septiembre de 1931), aunque se abandonarían al presentarse el proyecto de Ley de Reforma Agraria[257].

En paralelo a la colonización de montes «públicos», la Junta de Colonización y Repoblación Interior proponía montes particulares para la colonización [Cuadro 4.17]. Lo más curioso del listado es que algunos de estos montes, privatizados con la desamortización, habían sido “comunales” en el siglo XIX, es decir, con la colonización se estaba afrontando de forma tímida la recuperación de los patrimonios vendidos de los pueblos. A pesar de las varias solicitudes, en la provincia de León únicamente se establecieron 2 colonias: Carracedo y Villaverde de Sandoval, teniendo ambas un carácter excepcional, como luego veremos.

Respecto de la primera de ellas –Carracedo–, esta Colonia nació de la solicitud de los vecinos de Carracedo dirigida a la Junta Central de Colonización y Repoblación Interior, siendo aprobado el expediente en 1912. Esta colonia que tenía una extensión ligeramente superior a las 200 hectáreas, fue fundada en un monte del Estado el cual procedía de los bienes nacionalizados a la Colegiata de Villafranca. Esta extensión fue dividida en dos partes; una de ellas 188,75 hectáreas dividida en lotes y entregada a cada colono para explotación individual, y la otra de algo más de 15 hectáreas dedicada al aprovechamiento comunal, aparte de los terrenos dedicados a campo de experimentación, o viviendas[258]. En lo que a nuestro interés concierne, parece que los pueblos comarcanos se opusieron al establecimiento de la Colonia, ya que no querían perder los derechos de pasto en la dehesa, aunque finalmente se ofrecieron 4.000 pesetas a cada uno de los pueblos, que con el expediente de expropiación forzosa quedó reducido a 1.300 pesetas, que incluso Narayola se negó a aceptar[259]. En todo caso, al igual que había ocurrido con otros montes bercianos durante el siglo XIX, la mayor parte del terreno se destinó al cultivo de viñedo.

La otra colonia fue la de Villaverde de Sandoval que…

…veremos en dos nuevas entradas ya que, como podrán comprobar, es verdaderamente fascinante… 

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[250] Mangas Navas (1984), pp. 278-279. Como esquema general, véase Paniagua Mazorra (1992).
[251] Alcubilla (1907), pp. 345 y ss.
[252] Alcubilla (1915), p. 492.
[253] ADGMN, Servicio de Bienes y Patrimonio Forestal, Caja León (3). “Solicitud de los vecinos de Cea”
[254] AGA, Agricultura. Legajo 12.653. “Solicitud de los vecinos de Valderas”.
[255]1º. Que este Ayuntamiento, ni los vecinos quieren de ninguna manera la cesión con arreglo al R.D. de 1º de Diciembre de 1923, o sea que este expediente se tramite por el Ministerio de Hacienda, sino por el de Fomento, es decir, que no quieren la cesión en propiedad individual, sino la cesión para el cultivo agrícola por un período mayor o menor de tiempo, que a ser posible desearíamos no fuese menor de catorce años, a fin de que de este modo se evite la venta de las parcelas que a cada cual pudiera corresponder, es decir que la administración del predio siga como hasta aquí, bajo la inspección del Ministerio de Fomento y el Ayuntamiento propietario que de ninguna manera quiere ceder sus derechos a particulares y que por tanto este cultivo se considere como un aprovechamiento forestal que haya de consignarse anualmente en los planes de aprovechamiento forestal, mediante el canon que la Admón. crea oportuno señalar (…)” [AGA, Agricultura, Legajo 12.653. Expedientes sueltos].
[256] Según sus palabras, “además de hallar nuevos medios de vida y porvenir seguro, más de 800 familias de colonos que representan más de 4.000 personas, la riqueza creada por ellos, el ejemplo dado por el sistema de cooperación, la instrucción agrícola que se difundirá desde dichas colonias, los auxilios que ellas mismas podrán prestar en la localidad, por sus viveros y campos de experimentación, en fin lo que representa la construcción de ellas mismas, son una suma de ventajas físicas, morales y económicas, tan grandes, que la Provincia de León recibiría un impulso que se dejaría notar con empuje formidable, en la vida interior y de relación de la Provincia” [AIRYDA, Junta Central de Colonización y Repoblación Interior. Legajo 16b, “Información sobre el antiguo Reino de León, 1915”].
[257] Mangas Navas (1984), p. 288. Durante la Dictadura se articularon diversas medidas de un claro contenido social como la Junta y la Dirección General de Acción Social Agraria constituida en 1926 o el Decreto-Ley de Parcelaciones de 7 de enero de 1927 se trataba de satisfacer el “hambre de tierra” del campesinado a través del reparto, en pequeños lotes, de las grandes fincas de cada localidad –incluso mediante el rescate y creación de bienes comunales–; por medio de este decreto se autorizaba a esta Dirección General recién creada a parcelar fincas adquiridas, bien por expropiación de las mismas o por compraventa voluntaria [Mangas Navas (1984), p. 255].
[258] Véase AIRYDA. Colonias. Carracedo. Legajo 25/3 (3). “Memoria explicativa”; en cuanto a los lotes individuales, cuarenta y cinco en total, cada uno constaba de 3 hectáreas para cultivos herbáceos y 0,75 hectáreas plantadas de viñedo.
[259] AIRYDA, Junta Central de Colonización y Repoblación Interior. Legajo 16b, “Información sobre el antiguo Reino de León, 1915”.

Reproducido con permiso del autor. Haciendo click en este enlace encontrarán el resto del capítulo.

Comunales en 1931 #1. Carrizo: en la ribera del Órbigo también hay comunales


Acarreo #2En diversas publicaciones sobre comunales, que ni siquiera merece la pena citar, se da por supuesto que la propiedad comunal es algo exclusivo de las zonas de montaña, por lo que la misma existencia del comunal se explicaría por factores geográficos. Grave error, como explicaremos a continuación.

No cabe duda que el factor geográfico puede «favorecer» la propiedad comunal puesto que en las zonas de montaña hay amplios espacios rocosos que son «improductivos» y zonas de aprovechamiento extensivo como pastizales o bosques susceptibles de aprovechamiento colectivo. Sin embargo, hay varias matizaciones que hacer al respecto.

Una de ellas es que como no hay una estadística de comunales como tal, los estudiosos del tema han trabajado con los catálogos de montes ‘públicos’ (ya saben que cuando decimos públicos nos referimos a montes cuya gestión está supervisada por el Estado): es precisamente en las zonas de montaña donde más monte hay. La otra es que, como veremos, en la provincia de León hay numerosos municipios que no son montañosos donde hay importantes superficies de comunales.

En este sentido, hace unas semanas, en una entrada del blog señalábamos que en 1931, el Gobernador Civil de la provincia pedía a los alcaldes que enviasen una relación de los bienes comunales existentes en cada municipio comprobándose que había comunales a lo largo y ancho de la provincia, incluso en zonas de ribera.

Así se comprueba por ejemplo en este documento, fotocopia de la relación original enviada por el alcalde de Carrizo de la Ribera. Sin entrar en demasiado detalle, hay varios aspectos llamativos:

  • Uno de ellos es que en un municipio como Carrizo, situado en la ribera del Órbigo, donde además había una agricultura de regadío, haya una superficie tan amplia de comunales.
  • Relacionado con lo anterior, se observa que los comunales era sometidos a una aprovechamiento intensivo, cultivándose en ellos lino o legumbres.
  • Otro aspecto destacable son los «coutos» de Huergas y la Milla del Río, indicativo de la importancia de los comunales en el sostenimiento del ganado vacuno (imprescindibles para el trabajo de las tierras y como fuente de fertilizante)

En el caso de Carrizo se constata la existencia de comunales en una zona que no es de montaña y donde además había una agricultura intensiva de regadío muy dinámica. Con ello se demuestra que los comunales no son exclusivos de las zonas de montaña ni de comarcas donde predominan los usos extensivos; es más comunales y agricultura dinámica no son términos antitéticos.

Por tanto si en algunas localidades la propiedad colectiva no se explica por factores geográficos, ¿por qué otros factores se explica?. Bien, la respuesta no es sencilla ya que habría factores históricos estando la presencia o no de comunales muy relacionada con la organización económica y social. Pero eso ya es harina de otro costal que daría para varias entradas en este blog.

En próximas entradas irán apareciendo las relaciones de comunales enviadas en 1931 por diversos ayuntamientos de la provincia ¿Te lo vas a perder? Suscríbete al blog.

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